Gobierno de La Rioja

Pérdida de la calificación de Artesano, Empresa Artesana o Artesano Honorario

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Establece los supuestos en que se pierde la calificación de Artesano, Empresa Artesana o Artesano Honorario.

Requisitos

La calificación de Artesano, Artesano Honorario o Empresa Artesana se perderá en los supuestos de:

  • cese de la actividad
  • renuncia del interesado
  • muerte del titular
  • disolución de la entidad correspondiente
  • pérdida de los requisitos que motivaron la concesión del documento de calificación artesanal o por el incumplimiento de las obligaciones citadas en el artículo 12 y 14.2 del Decreto 53/2006, de 25 de agosto

La pérdida de la calificación de Artesano, Empresa Artesana o Artesano Honorario, se inscribirá de ofio en el Registro General de Artesanía de La Rioja

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Procedimiento no sujeto a plazo.

Plazo de resolución y notificación

Iniciación a instancia de parte: 6 meses contados desde la entrada de la solicitud.
Iniciación de oficio: 6 meses desde la fecha en que se acuerde el inicio del expediente.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Esther Ibáñez Tere

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 2/1994, de 24 de mayo de normas reguladoras de Artesanía

Decreto 53/2006, de 25 de agosto, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula la calificación de artesano o empresa artesana y el registro general de artesanía de La Rioja

Resolución de 23 de enero de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Desarrollo Económico, por la que se aprueba el modelo de carné profesional y el título de artesano en La Rioja.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Recurso que procede:

Alzada

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