Pérdida de la calificación de Artesano, Empresa Artesana o Artesano Honorario
Establece los supuestos en que se pierde la calificación de Artesano, Empresa Artesana o Artesano Honorario.
Requisitos
La calificación de Artesano, Artesano Honorario o Empresa Artesana se perderá en los supuestos de:
- cese de la actividad
- renuncia del interesado
- muerte del titular
- disolución de la entidad correspondiente
- pérdida de los requisitos que motivaron la concesión del documento de calificación artesanal o por el incumplimiento de las obligaciones citadas en el artículo 12 y 14.2 del Decreto 53/2006, de 25 de agosto
La pérdida de la calificación de Artesano, Empresa Artesana o Artesano Honorario, se inscribirá de ofio en el Registro General de Artesanía de La Rioja
Documentación
Solicitud
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Procedimiento no sujeto a plazo.
Plazo de resolución y notificación
Iniciación a instancia de parte: 6 meses contados desde la entrada de la solicitud.Iniciación de oficio: 6 meses desde la fecha en que se acuerde el inicio del expediente.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Esther Ibáñez Tere
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órgano competente: Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización
- Unidad tramitadora: Servicio de Industria, Comercio y Transición Energética
- Cargo que resuelve: Director/a
Normativa
Ley 2/1994, de 24 de mayo de normas reguladoras de Artesanía
Decreto 53/2006, de 25 de agosto, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula la calificación de artesano o empresa artesana y el registro general de artesanía de La Rioja
Resolución de 23 de enero de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Desarrollo Económico, por la que se aprueba el modelo de carné profesional y el título de artesano en La Rioja.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
PositivoRecurso que procede:
Alzada
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: