Registro de Maquinaria Agrícola: inscripción de equipos usados de distribución de fertilizantes no inscritos con anterioridad
Los equipos de distribución de fertilizantes remolcados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso (letra i, anexo II del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo) son máquinas de inscripción obligatoria en el Registro de Maquinaria Agrícola.
En los casos en los que estos equipos usados no estén inscritos con anterioridad deberá realizarse la solicitud de inscripción de forma obligatoria a instancias de su titular.
Requisitos
Abonadoras no inscritas con anterioridad
Para la inscripción en el Registro de Maquinaria Agrícola de las máquinas contempladas en la letra i del anexo II del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, no inscritas con anterioridad, cuando no se disponga del Certificado de Características Técnicas, de la Declaración de Conformidad CE, regulada en el Real Decreto 1644/2008, de 10 de diciembre, o de la factura de compra, podrán sustituirse por una declaración firmada por el titular de la máquina en la que se reflejen los datos identificativos de la misma, marca, modelo, número de bastidor, tipo de distribución del abono y año de adquisición de la máquina.
En caso de no disponer la máquina de número de bastidor, el Registro de Maquinaria Agrícola le asignará un número identificativo a los únicos efectos de su registro.
Documentación
Solicitud
- Solicitud de inscripción
- Acreditación de la representación, en el caso de que la solicitud la realice un representante.
Además, hay que presentar la siguiente documentación:
- NIF del titular de la máquina o equipo o autorización para la comprobación de oficio por la Administración.
- Estatutos o documento equivalente donde conste la representación y el objeto social (para personas jurídicas).
- Alta censal en Hacienda en el epígrafe correspondiente (para justificar la prestación de servicios agrarios a terceros y para los dedicados al alquiler de maquinaria agrícola exclusivamente para labores agrícolas) o autorización para la comprobación de oficio por la Administración
- Anexo X. Declaración de uso exclusivo agrario para máquina dedicada al alquiler
- Documento acreditativo de la actividad forestal (para maquinaria forestal).
- Certificado de Características Técnicas (si se dispone).
- Declaración CE de Conformidad (si se dispone).
- Factura de compra (si se dispone). Reflejando marca, modelo y nº de bastidor.
- Cuando no se disponga del Certificado de Características Técnicas, de la Declaración CE de Conformidad o de la factura de compra, podrá sustituirse por una declaración responsable firmada por los titulares de la máquina en la que se reflejen los datos identificativos del equipo de distribución de fertilizantes (abonadora): marca, modelo, número de bastidor, tipo de distribución de abono, sus principales características técnicas y año de adquisición de la máquina.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
- Solicitud de inscripción (169.3 kb)
- Acreditación de la representación (148.1 kb)
- Documento justificativo de la venta (109.3 kb)
- Declaración responsable fertilizantes (148.8 kb)
- Anexo X (18.3 kb)
- Anexo IV Certificado de características técnicas (14.7 kb)
- Ficha de ingreso de tasas (28 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Cuando el representante sea una GESTORÍA, la solicitud se presentará siempre vía electrónica independientemente de que el titular de la máquina (solicitante) sea persona física o jurídica. Cuando la presentación por esta vía se realice con el certificado digital de la gestoría (órgano colegiado), se deberá adjuntar la representación (agricultor-gestoría). Si la presentación de la solicitud se realiza con el certificado digital de un trabajador de la gestoría, se deberá acreditar la doble representación (agricultor-gestoría y gestoría-trabajador).
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Durante todo el año.
Tasas
Importe: 7,80 €
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Visitación Lacalle Fernández
- Pilar Yécora Madorrán
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente
- Órgano competente: Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Unidad tramitadora: Servicio de Registros Agrarios
- Cargo que resuelve: Director/a.
Normativa
Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
PositivoRecurso que procede:
Alzada
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: