Renovación de la calificación de artesano, empresa artesana o artesano honorario
Procedimiento para la renovación de la calificación de artesano, artesano honorario y empresa artesanal.
Requisitos
La renovación sólo es posible a petición del interesado. Para obtener la renovación el interesado deberá mantener los requisitos precisos para ser considerado artesano, lo que acreditará mediante la presentación de una declaración jurada.
Los titulares de los documentos de calificación artesanal que deseen renovar los mismos, deberán presentar en el plazo máximo de 6 meses posteriores a la fecha de caducidad del documento:
- una solicitud de renovación del mismo junto con una declaración jurada de que mantienen los requisitos para ser considerados artesanos o empresa artesana de acuerdo con lo establecido en el Decreto 53/2006 de 25 de agosto.
Durante esos seis meses se prorroga la vigencia del documento de calificación artesanal, pero una vez transcurrido el mismo sin que se haya solicitado la renovación, se producirá la pérdida automática de la calificación artesanal y se procederá de oficio a dar de baja en el Registro General de Artesanía de La Rioja al titular del documento de calificación artesanal.
Documentación
Solicitud
Declaración jurada de que mantienen los requisitos para ser considerados artesano o empresa artesana de acuerdo con lo establecido en el Decreto 53/2006, de 25 de agosto.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Procede la renovación cuando haya expirado la validez del documento de calificación artesanal.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Esther Ibáñez Tere
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órgano competente: Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización
- Unidad tramitadora: Servicio de Industria, Comercio y Transición Energética
- Cargo que resuelve: Director/a
Normativa
Decreto 53/2006, de 25 de agosto, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula la calificación de artesano o empresa artesana y el registro general de artesanía de La Rioja.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
PositivoRecurso que procede:
Alzada
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: