Subvenciones en materia de servicios sociales: ayuntamientos y otras entidades Locales
Tienen por objeto incentivar la realización de actividades en materia de servicios sociales.
Requisitos
Beneficiarios
Los municipios de la Comunidad Autónoma de la Rioja con menos de 2.000 habitantes, salvo en el caso de mantenimiento de hogares de personas mayores, conservación y reparación ordinaria para adaptación de instalaciones para programas de envejecimiento activo e inversiones.
Exclusiones
- Cualquiera de las entidades que, en el momento de efectuarse la convocatoria anual, tenga pendiente de devolución cantidades indebidamente percibidas, procedentes de subvenciones anteriores.
- Se entenderá que existen cantidades pendientes de devolución desde el momento en que adquiera firmeza la resolución de reintegro.
- Las entidades locales que no tengan establecidos servicios sociales de base o comunitarios en su ámbito territorial respectivo, así como aquellas que tengan suscritos convenios de colaboración con el Gobierno de La Rioja para financiar programas e inversiones en materia de servicios sociales, salvo que la convocatoria expresamente lo contemple.
Líneas de subvención
Se podrán subvencionar las siguientes actuaciones relacionadas con los servicios sociales del primer y segundo nivel:
- Programas relacionados con las prestaciones sociales básicas, incluidas las ayudas de emergencia social, así como la prestación de los servicios sociales especializados en los términos del artículo 30 d) y e) de la Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja.
Documentación
Tramitación
La solicitud se genera automáticamente una vez que se han introducido los campos obligatorios a cumplimentar y se ha firmado la misma.
Aportación de documentos para la justificación
- Cuenta justificativa de gastos 2025 (3802.8 kb)
- Cuenta justificativa AES con menores a cargo 2025 (132.9 kb)
- Cuenta justificativa AES sin menores a cargo 2025 (1494.1 kb)
- Declaración responsable destinatarios menores (15.2 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Para entrar correctamente en la aplicación de gestión, DEBE UTILIZAR EL CERTIFICADO DE PERSONA FÍSICA REPRESENTANTE DE LA PERSONA JURÍDICA
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
UN MES, contado a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 27 de febrero de 2025)
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de febrero y finaliza el 27 de marzo de 2025.
Plazo de resolución y notificación
Transcurrido SEIS MESES desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aquéllas sobre las que no haya recaído resolución expresa, se entenderán denegadas.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Paloma Chías Marchiandi ext. 35919 (Ayuntamientos, personas con discapacidad y mujer)
- Sonia Sobrón Pla ext. 35075 (Personas mayores e inmigración)
- Iván Gómez González ext. 33677 (Promoción Autonomía Personal e infancia)
- Aranzazu Ruiz Montelio
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud y Políticas Sociales
- Órgano competente: Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad
- Unidad tramitadora: Servicio de Prestaciones Sociales
- Cargo que resuelve: Consejera de Salud y Políticas Sociales
Normativa
Orden 1/2008, de 10 de enero, de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de Subvenciones en materia de Servicios Sociales.
Resolución 11/2025, de 25 de febrero, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones en materia de servicios sociales para el año 2025
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Requerimiento previo/Contencioso Administrativo
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa conforme al art. 45.1.e) de la Ley 4/2005, de 1 de junio (BOR 7-06), de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, según se dispone en los artículos 10.1.a) y 46.1 y 4 de la Ley 29/1998 de 13 de julio (BOE 14-07), reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
No obstante, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, podrá requerir previamente a este órgano, en los términos del artículo 44 de la Ley 29/1998 citada, para que anule o revoque el acto.
Observaciones:
Ver ANEXOS en resolución de convocatoria
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: