Gobierno de La Rioja

Suelo: solicitud voluntaria de descontaminación

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Regula la ejecución de trabajos de descontaminación sobre suelos susceptibles de ser declarados como contaminados, sin que sea necesaria la previa declaración por la administración.

Requisitos

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, de residuos y suelos contaminados, permite la ejecución de trabajos de descontaminación sobre suelos susceptibles de ser declarados como contaminados, sin que sea necesaria la previa declaración por la administración.

Documentación

Solicitud

  1. Solicitud expresa de acogerse al artículo 38 para ejecutar de forma voluntaria la descontaminación, según modelo de solicitud voluntaria de descontaminación del suelo, en la que se incluyen datos de la contaminación detectada y los datos más significativos del proyecto de descontaminación.
  2. Datos registrales (Nota simple informativa del Registro de la Propiedad) y catastrales del emplazamiento.
  3. En el caso de que el promotor de la descontaminación no sea el propietario del suelo, deberá aportarse escrito del titular de los terrenos en el que se manifieste conforme con la ejecución de los trabajos previstos de descontaminación. Asimismo, en el caso de que el promotor de la descontaminación no sea el poseedor del suelo, deberá aportarse escrito del poseedor de los terrenos en el que se manifieste conforme con la ejecución de los trabajos previstos de descontaminación.
  4. Proyecto de descontaminación en formato digital (1 copia en papel y 1 copia en digital -formato PDF ). Deberá contener:
    • Síntesis de los trabajos previos de investigación de la calidad del suelo y resultados de la Evaluación Cuantitativa de Riesgos
    • Identificación y análisis de alternativas de descontaminación incluyendo criterios técnicos, económicos y ambientales
    • Proyecto de ejecución de la descontaminación, que incluya, al menos:
      • Descripción de la alternativa seleccionada, detalles específicos de la técnica de recuperación propuesta, estudios de tratabilidad, pruebas piloto e instalaciones necesarias para su ejecución
      • Delimitación de los suelos a tratar
      • Objetivos de recuperación a alcanzar. Concentraciones de contaminantes máximas admisibles que podrán que dar en el emplazamiento una vez finalizadas los trabajos de descontaminación.
      • Tareas y cronograma de los trabajos a ejecutar
      • Estimación de costes.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

No sujeto a plazo.

Plazo de resolución y notificación

Seis meses, a contar desde la fecha que consta en la anotación efectuada por el órgano competente para resolver. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud por silencio administrativo.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Mª Jesús Mallada Viana
  • Isabel Fernández Pacheco

Correo-e: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 7/2022, de 8 de abril, Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

No tiene

Recurso que procede:

Alzada

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