Gobierno de La Rioja

Certificado de precio máximo de venta y renta para viviendas de VPO

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Las transmisiones de propiedad o derechos reales de viviendas protegidas están sujetas a limitación de precio de venta y renta durante el periodo que este sujeta al régimen de protección oficial.

Requisitos

Mientras subsista el régimen de protección, las viviendas de protección oficial se podrán transmitir intervivos y ceder el uso, con sujección a un precio máximo de venta y renta.

Los precios máximos de venta y renta de viviendas de protección oficial, serán los establecidos en el Anexo I  del Decreto 33/2013, de 11 de octubre, por el que se regula la vivienda de protección oficial en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia de la escritura de propiedad de su vivienda.
  • Justificante tasa modelo 046 GRIAR. Importe: 11,45 €. 

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año.

Tasas

GRIAR. Tasa 4.29.1.2

Importante: Cambios en las formas de pago

A partir del 1 de abril de 2025, los pagos de tasas ya no podrán realizarse mediante transferencias a las cuentas bancarias del Gobierno de La Rioja. Todos los ingresos deberán gestionarse exclusivamente a través de la plataforma GRIAR, utilizando el modelo 046.

 

 

 

Importe: 11,45 € Pagar


Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Información y consultas.

Servicio de Vivienda.

Ana Ferrer Santolaya          941291100 ext.34254

Carlos Royo Sebastián        941291100 ext.31159

 

 

Organismo

FAQ (Preguntas frecuentes)

¿Cómo se debe pagar la tasa de este procedimiento?

Deberá pagar la tasa a través de la aplicación de GRIAR del Gobierno de La Rioja, adjuntamos el enlace:

Tasas y precios públicos (larioja.org)

Normativa

Decreto 33/2013, de 11 de octubre, por el que se regula la vivienda de protección oficial en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Observaciones:

Más información

Otros enlaces:

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