Gobierno de La Rioja

Certificado de precio máximo de venta y renta para viviendas de VPO

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Las transmisiones de propiedad o derechos reales de viviendas protegidas están sujetas a limitación de precio de venta y renta durante el periodo que este sujeta al régimen de protección oficial.

Requisitos

Mientras subsista el régimen de protección, las viviendas de protección oficial se podrán transmitir intervivos y ceder el uso, con sujección a un precio máximo de venta y renta.

Los precios máximos de venta y renta de viviendas de protección oficial, serán los establecidos en el Anexo I  del Decreto 33/2013, de 11 de octubre, por el que se regula la vivienda de protección oficial en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia de la escritura de propiedad de su vivienda.
  • Justificantes de ingreso de la tasa por importe de 11,45 €. 

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año.

Tasas

4.29.1.2 Informes y otras actuaciones / Por los informes de carácter facultativo para cuya redacción no sea necesario tomar datos de campo. Certificado precio máximo vivienda

En las solicitudes de certificado de precio máximo de venta y renta, el pago se llevará a cabo a través de la plataforma de gestión de tasas GRIAREste enlace se abrirá en una ventana nueva.

 Pago de la tasa desde GRIAR (1117.5 kb)

 

Importe: 11,45 € Pagar


Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Información y consultas

Ana Ferrer Santolaya         Ayudante Administrativo   941291100 ext.34254

Carlos Royo Sebastián       Ayudante Administrativo  941291100 ext.31159

 

 

Organismo

FAQ (Preguntas frecuentes)

¿Cómo se debe pagar la tasa de este procedimiento?

Deberá pagar la tasa a través de la aplicación de GRIAR del Gobierno de La Rioja, adjuntamos el enlace:

 GRIAR WEB - Tributos - Portal del Gobierno de La Rioja

Normativa

Decreto 33/2013, de 11 de octubre, por el que se regula la vivienda de protección oficial en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Más información

Otros Impresos

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Observaciones:

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