Certificados profesionales: solicitud de expedición
Los certificados profesionales se expiden a quienes lo hayan solicitado y demuestren haber superado los módulos correspondientes a dicho certificado, o bien hayan obtenido la acreditación de todos los estándares de competencias profesionales que lo componen.
Requisitos
Haber realizado con resultado positivo una o varias acciones formativas que respondan a contenidos de algún certificado profesional. Es necesario que el centro esté acreditado para impartirlos y que los cursos reúnan todos los requisitos para dar lugar a la obtención directa del certificado profesional.
O bien haber obtenido la acreditación de todos los estándares de competencias profesionales que lo componen, mediante el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Se puede solicitar la expedición de un certificado profesional o de acreditaciones parciales acumulables, dependiendo de si se han completado todos o sólo parte de los módulos que conforman dicho certificado. En este último caso, usted puede realizar la solicitud de ACREDITACIONES PARCIALES ACUMULABLES.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Hay que presentar los documentos que se indican a continuación en cualquier registro administrativo, dirigiéndolos a la sección de cualificaciones profesionales de La Rioja:
- La solicitud cumplimentada del certificado profesional.
- Los documentos que acreditan el derecho a su expedición:
- Diploma del curso expedido por el Gobierno de La Rioja.
- O bien, la acreditación de todos los estándares de competencias profesionales obtenidos mediante el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
- Si se completa un certificado profesional mediante distintos cursos y/o acreditaciones, deben presentarse los diplomas y/o acreditaciones de todos los módulos o estándares de competencias profesionales (si algún curso está financiado o autorizado por otra administración laboral distinta del Gobierno de La Rioja, en lugar del diploma se presentarán las acreditaciones parciales acumulables, que son expedidas por la administración responsable de dicho curso).
- En todo caso, la solicitud se dirigirá a la Administración competente que haya gestionado la última acción realizada.
- Si se solicita el certificado profesional completo y no se acredita haber realizado el módulo de prácticas:
- Certificado de estar exento de su realización (certificado expedido, a petición del interesado, por el Servicio con competencias en materia de Formación Permanente).
- Si es un ciudadano de otra nacionalidad distinta a la española: fotocopia del NIE
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente (sección de cualificaciones profesionales de La Rioja)
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
La solicitud de expedición de un certificado profesional podrá formularse en cualquier momento ante la sección de cualificaciones profesionales de La Rioja.
Plazo de resolución y notificación
Seis meses desde la fecha de solicitud.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Organismo competente
- Sección de cualificaciones profesionales: 941 294 205
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional
- Unidad tramitadora: Sección de Cualificaciones Profesionales
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Normativa
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
Reales Decretos por los que se establecen los distintos Certificados Profesionales.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes. O, a través de la vía jurisdiccional, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: