Convocatoria extraordinaria: Reclamaciones contra las puntuaciones provisionales obtenidas por los aspirantes.
Reclamaciones contra las puntuaciones provisionales de los aspirantes declarados aptos en esta convocatoria extraordinaria
Requisitos
Los interesados en el procedimiento podrán presentar reclamación contra el listado de puntuaciones provisionales obtenidas en esta convocatoria extraordinaria.
Cómo tramitarlo
- La reclamación se deberá presentar de forma electrónica desde el botón Tramitar.
- Si precisa presentar documentación adicional se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de reclamaciones contra las puntuaciones provisionales de la convocatoria extraordinaria es de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
941291660
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Gestión Educativa
- Unidad tramitadora: Servicio de Recursos Humanos
- Cargo que resuelve: Sr/a. Director/a
Normativa
Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Orden 3/2016, de 31 de marzo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula la provisión, en régimen de interinidad, de puestos de trabajo docentes no universitarios.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tieneOtros enlaces:
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: