Registro de Operadores Vitivinícolas (REOVI)
Los productores y almacenistas de vino deben estar inscritos en el Registro de Operadores Vitivinícolas (REOVI).
Requisitos
Inscripción
Los productores y almacenistas de vino, antes de hacer las declaraciones de existencias de vino y mosto a través del Sistema de Información Vitivinícola (INFOVI), deben estar inscritos en el Registro de Operadores Vitivinícolas (REOVI).
Los operadores (productores y almacenistas) deben darse de alta en el registro e inscribir a su nombre todas las instalaciones donde tengan existencias de vino.
(Todas las instalaciones dadas de alta en el REOVI deben realizar obligatoriamente las declaraciones correspondientes, tengan o no movimientos en el periodo declarado.)
Trámites
- Altas y bajas:
Los operadores tienen que darse de alta o de baja como productores o almacenistas, así como dar de alta o baja a la instalación en el plazo de un mes desde el inicio o el cese de la actividad.
- Modificación de datos:
Asimismo, es responsabilidad del operador la veracidad y exactitud de los datos que aparecen en el REOVI, por lo que, de haber algún dato erróneo, debe comunicar su modificación.
Documentación
Solicitud
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
- Dirección General/Servicio competente
- El Servicio de Atención al Ciudadano
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Jesús Ceña (941 29 11 00 ext. 33326)
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente
- Órgano competente: Dirección General de Desarrollo Rural
- Unidad tramitadora: Servicio de Calidad Agroalimentaria
Normativa
Real Decreto 739/2015 de 31 de julio sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicableUtilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: