Gobierno de La Rioja

Convocatoria del Grupo de Acción Local CEIP de las ayudas para la realización de operaciones bajo la estrategia de desarrollo rural participativo (medida 19.2, Leader)

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Ayudas para apoyar operaciones de estrategia local participativa del Grupo de Acción Local Centro de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP): aportación de documentación

Requisitos

Beneficiarios

Tendrán la consideración de destinatarios de las ayudas los promotores de las actividades o inversiones que a continuación se detallan:

  • Las personas físicas o jurídicas de carácter privado. En el caso de empresas tan solo podrán recibir subvenciones derivadas de la aplicación del enfoque Leader aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser pequeñas empresas o microempresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE, sobre la definición de micro, pequeñas y medianas empresas
  • Las entidades jurídicas de carácter local o comarcal: Ayuntamientos, Mancomunidades, Consorcios y Entidades Locales Menores
  • Los Grupos de Acción Local
  • Las agrupaciones sin personalidad jurídica

Actividades subvencionables

a)   Proyectos productivos: Serán los que se dirigen a la producción de bienes o servicios comercializados o que puedan comercializarse o que aumenten el valor de propiedades de titularidad privada siempre que dichas propiedades estén integradas en el proceso productivo de una actividad empresarial.

b)   Proyectos no productivos: los que no suponen un desarrollo de la actividad económica o no están afectos a una actividad económica, y los propios de entidades públicas, siempre que afecten al ejercicio de competencias propias, o de entidades sin ánimo de lucro.

 Cuantía de las ayudas

La cuantía mínima de la ayuda será de un 25% en los proyectos productivos y un 60% en proyectos no productivos.

Los criterios de selección de proyectos figuran en el anexo 1 de la convocatoria.

Documentación

Solicitud

La solicitud se acompañará de la documentación que le sea requerida por el órgano gestor

  • Autorización para recabar los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Dirección General de Tributos y con la Seguridad Social, excepto cuando los solicitantes sean ayuntamientos o entidades públicas.
  • Documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos o inmuebles sobre los que se ejecuta el proyecto, o de la disponibilidad de los mismos durante el periodo mínimo equivalente a aquel en que se va a exigir la permanencia de la inversión.
  • Si la subvención se concede a un ayuntamiento, mancomunidad o consorcio éste deberá presentar, antes de la resolución de concesión, la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento o por el Órgano de gobierno que corresponda, de la consignación presupuestaria necesaria para la ejecución del proyecto.
  • Memoria explicativa y valorada de la actuación a desarrollar, acompañada, en su caso del proyecto o presupuesto o de facturas pro-forma.
  • Para los proyectos productivos se acompañará un plan de viabilidad de la inversión.

 

 

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

1. De forma electrónica desde el botón "Tramitar"

Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones,  o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le habilite.

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

2. De forma presencial (solo personas físicas) a través de:

  • Sede del Grupo de Acción Local: C/El Cierzo 1. Tricio

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano.

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación del extracto de convocatoria en el BOR (fecha de publicación: 23 de abril de 2024) y concluirá el 5 de junio de 2024.

Fin de plazo: 5 de junio de 2024.

Plazo de resolución y notificación

Se notificará antes de que transcurran SEIS meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Eduardo Pascual Pérez (ext. 33327)  

Pedro Sáez Rojo (ext. 33874)

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020

Convocatoria 2024

Extracto convocatoria 2024 en el BOR

Ampliación presupuestaria convocatoria 2024 M19

Modificación de la convocatoria (extracto en el BOR)

Más información

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