Gobierno de La Rioja

Ayudas a cooperación regional de los Grupos de Acción Local

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Ayudas a la cooperación regional de los Grupos de Acción Local de la medida 19.3 Leader del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014-2020.

Requisitos

Beneficiarios

Los Grupos de Acción Local seleccionados en La Rioja

Acciones subvencionables

Serán subvencionables todos los gastos derivados de la ejecución de un proyecto de cooperación seleccionado por la Autoridad de Gestión.

Para las actividades calificadas como no productivas, serán auxiliables las siguientes inversiones:

  • Asistencia técnica
  • Estudios de mercado
  • Inventario, protección, restauración y aprovechamiento del patrimonio cultural y/o natural
  • Actividades de promoción de carácter genérico y de difusión cultural relacionada con el desarrollo rural
  • Transferencia de tecnología

Para las actividades de carácter productivo, las inversiones subvencionables serán:

  • Adquisición y acondicionamiento de terrenos, con un límite de un 10% de la inversión subvencionable total, excepto para la valorización de productos agrarios.
  • Construcción, adquisición o mejora de inmuebles, con un límite de un 25% de la inversión total subvencionable.
  • Maquinaria, instalaciones y equipamiento nuevos.
  • Elementos de transporte interno, siempre que se destinen al fin para el que se proponen, durante al menos ocho años.
  • Costes generales y de puesta en marcha del proyecto con un máximo de un 8% de la inversión total subvencionable.

Excepcionalmente, se podrán financiar las actividades formativas relacionadas con dicho proyecto; cuyos gastos podrán ser materiales y equipos necesarios, viajes y dietas, gastos de contratación de personal y cualquier otro relacionado con la actividad.

Para priorizar las solicitudes se tendrán en cuenta los criterios establecidos en el punto quinto de la convocatoria.

 

 

Documentación

Solicitud

Cómo tramitarlo

Las solicitudes se deben presentar electrónicamente a través de la aplicación informática a la que puede acceder:

  • en la página web www.larioja.org/pdr. (apartado Desarrollo Rural. Leader)
  • desde el botón Tramitar (en la parte superior de esta misma página)

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo: hasta el 15 de enero de 2018.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Sara Morales Mayor (ext. 33874)  

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020

Orden 18/2017, de 16 de octubre, que modifica la Orden 5/2016

Resolución, Convocatoria 2018

Extractos de convocatoria 2018

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

No tiene

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

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