Gobierno de La Rioja

Licencia sin sueldo

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


El personal funcionario y laboral podrá solicitar licencia sin sueldo por asuntos propios, quedando condicionada su concesión a las necesidades de la organización.

Cuando la duración de la licencia sea superior a 15 días consecutivos no procederá su denegación basada en sustitución del funcionario.

Requisitos

Ser personal funcionario o laboral acogido al Acuerdo/Convenio para el personal de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Su duración acumulada no podrá en ningún caso exceder de 4 meses cada 2 años.

Cuando la finalidad sea la de participar como voluntarios en programas previstos por Organización Internacionales no Gubernamentales, la duración no podrá exceder de 6 meses cada 2 años.

En ambos casos se considerará que el personal funcionario se encuentra en situación de servicio activo a todos los efectos, salvo en los económicos.

Documentación

Solicitud

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar.

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano.

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Antelación mínima de 15 días a la fecha prevista para su inicio

Plazo de resolución y notificación

Plazo para resolver: 3 meses

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • María del Mar de Pablo del Campo
  • Verónica Huerta Arancón

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Resolución de 6 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se deposita y publica el Acuerdo para el personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2008, 2009, 2010 y 2011

Resolución de 6 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el convenio colectivo de trabajo de la empresa Personal Laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2008, 2009, 2010 y 2011

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Recurso que procede:

Alzada

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