Convocatorias 2021 y 2024. EJECUCIÓN de programas de formación transversales y sectoriales dirigidos prioritariamente a trabajadores OCUPADOS.
Ejecución de acciones formativas subvencionadas por la Dirección General de Empleo. Modalidad 1.1
Requisitos
Ser una de las entidades de formación que hayan resultado beneficiarias.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Junto al modelo de solicitud, se presentará la siguiente documentación:
- Solicitud de anticipo 25% (modelo disponible en SIGFE-EVAFOR).
- Solicitud de anticipo 35% (modelo disponible en SIGFE-EVAFOR).
- Declaración responsable de gastos (modelo disponible en SIGFE-EVAFOR).
- Resto de documentación, de acuerdo la convocatoria y la guía para la gestión de acciones formativa.
- Otros documentos.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Documentación en soporte digital firmada electrónicamente de forma que su autenticidad e integridad puedan ser verificadas en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, de interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
- Modelo de solicitud (226.1 kb)
- Solicitud de anticipo convocatoria 2024 (65.8 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación del modelo de solicitud junto con el resto de documentación se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar, en la pestaña Documentación a anexar.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio competente
Servicio de Formación Permanente
- Eduvigis Gutierrez Casal - extensión 34203
- Ana Belén Martinez Campos - extensión 31331
-
Javier Bazo Fernández - extensión 31573
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional
- Unidad tramitadora: Servicio de Formación Permanente
Normativa
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional
Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicableUtilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: