Gobierno de La Rioja

Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño de Envases

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


El RD 1055/2022 recoge en el artículo 18 las obligaciones de los productores de producto de aplicar y disponer un plan empresarial de prevención y ecodiseño (PEPE) con carácter quinquenal para quienes pongan en el mercado una cantidad determinada de envases.

Los planes podrán elaborarse de forma individual o por los sistemas colectivos.

Los nuevos PEPE se aplicarán durante 2024 a 2028 y en el primer trimestre de 2029 se remitirá a la COMUNIDAD AUTONOMA el informe sobe el grado de cumplimiento establecido en el artículo 18.4

Desde la entrada en vigor (29 de diciembre de 2022) del RD 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases el Plan Empresarial de Prevención de Residuos de Envases regulado en el RD 782/1998 de desarrollo de la Ley 11/1997 ha quedado derogado

No obstante, en ausencia de régimen transitorio en el RD 1055/2022, durante el año 2023 los productores debían aplicar y disponer de los PE trienales aprobados de conformidad con la Ley 11/1997 y su reglamento de desarrollo.

Requisitos

El Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño de Envases, es un trámite dirigido a:

  • Los productores de productos que, a lo largo de un año natural, introduzcan en el mercado una cantidad de envases igual o superior a las siguientes cantidades: 
    • 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio.
    • 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero.
    • 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio.
    • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico.
    • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de madera.
    • 15 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos.
    • 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.

Los productores de producto tendrán que aplicar estos planes a partir del año siguiente en el que superen estos umbrales.

Estos planes empresariales de prevención y ecodiseño tendrán en cuenta las determinaciones contenidas en los distintos instrumentos de prevención de residuos de envases.

 

Documentación

Solicitud

A tener en cuenta en la presentación de solicitudes y documentación:

Tipo de comunicación: indicar lo que proceda

A. Datos de identificación de la empresa

B. Datos del solicitante: datos de quien firma la solicitud

C. Datos a efectos de notificación

D. Datos de la actividad

E. Documentación requerida

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación del informe sobre el grado de cumplimieno del Plan empresarial de prevención y ecodiseño de envases será a los tres meses tras la finalización del Plan.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Mª Jesús Sáenz del Campo
  • Carmen María Marín Irisarri

Correo-e: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de Envases y Residuos de Envases.

Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular

Más información

Otros Impresos

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Otros enlaces:

www.larioja.org/residuos

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