Ayudas para la financiación de proyectos de I+D+i del ámbito agroalimentario desarrollados por los centros tecnológicos de La Rioja
La financiación de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico y experimental de carácter anual desarrollados exclusivamente por los centros tecnológicos de La Rioja.
Requisitos
Beneficiarios
Centros tecnológicos del ámbito agroalimentario con sede fiscal y social en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
También podrán ser beneficiarios los centros tecnológicos de otras Comunidades Autónomas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2.g) de la Orden ATP/42/2020, de 18 de julio.
Actividades subvencionables
Proyectos de investigación, desarrollo tecnológico y experimental desarrollados por el centro tecnológico de forma individual.
Estos proyectos deberán encuadrarse en uno o varios de los siguientes sectores alimentarios estratégicos del sector agroalimentario riojano:
- Sector productos vegetales y sus derivados: se contemplan proyectos de I+D enfocados a la producción, procesado, envasado, conservación y comercialización.
- Sector champiñón y otras setas: proyectos de I+D enfocados a la producción, procesado, envasado, conservación y comercialización.
- Sector cárnico y sus derivados: producción, procesado, envasado, conservación y comercialización del sector.
- Otros sectores o áreas de investigación enmarcadas en el sector agroalimentario riojano: comprende aquellas otras actuaciones, no incluidas en los apartados anteriores, que genere nuevo conocimiento científico y tecnológico dentro del sector agroalimentario, debiendo argumentar, en este caso, su importancia al sector y su aportación al aumento de la productividad y competitividad.
La duración máxima de los proyectos será de 12 meses.
Gastos subvencionables
Se consideran costes o gastos subvencionables aquellos inherentes y necesarios para la realización de los proyectos o actuaciones, que incluyen:
- Gastos de personal propio (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar).
- Costes relacionados con la organización de jornadas o edición de material de difusión, publicaciones, webs, asistencia a congresos o ferias, visitas recibidas con relación al proyecto...
- Costes relativos a la protección de los resultados (registro de patentes, incluido).
- Gastos por asistencias técnicas de consultorías externas que pudieran necesitarse para definición y/o ejecución del proyecto, no pudiendo superar el 20% del presupuesto total del proyecto.
- Costes derivados del alquiler de equipos, instalaciones o fincas destinadas a la realización de las actuaciones.
- Costes de adquisición de fondos bibliográficos y revistas relacionados con el proyecto subvencionado.
- Costes de alquiler o leasing de equipamiento científico-técnico necesario para el desarrollo de la actuación.
- Costes de materias primas, suministros y productos similares de naturaleza fungible que se deriven directamente de la actividad de la investigación y desarrollo.
- Coste de amortización o depreciación, siempre que se presente documentación acreditativa.
Cuantía de las ayudas
El porcentaje de ayuda será del 100% de los gastos subvencionables con el límite máximo de 160.000 euros por proyecto para los centros tecnológicos riojanos, y de 60.000 euros para los centros tecnológicos de otras comunidades autónomas, considerando una duración de 12 meses.
El límite de proyectos a conceder por convocatoria y centro es de 2 proyectos como máximo, delimitando un tope de 320.000 euros de subvención máxima para los centros riojanos y de 120.000 para los centros tecnológicos de otras comunidades autónomas.
Documentación
Solicitud
La solicitud normalizada y firmada electrónicamente por el representante legal de la persona jurídica interesada deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Memoria técnica de cada proyecto individual.
- Formulario con los datos económicos de cada proyecto individual.
- Plan de difusión y divulgación de las actividades no económicas objeto de ayuda y de los resultados del proyecto.
- Inventario de proyectos y personal doctor existente en el centro.
- Certificado que acredite que el centro solicitante está inscrito en el registro de Agentes del Sistema Riojano de Innovación o bien el Registro de centros tecnológicos estatal.
Los centros tecnológicos de otras comunidades autónomas deben aportar certificado que acredite que cuentan con participación de miembros del Gobierno de La Rioja y de empresas agroalimentarias con sede fiscal y social en La Rioja en sus órganos de gobierno.
- Modelo de solicitud (81.2 kb)
- Modelo de memoria (71.4 kb)
- Memoria de difusión (76 kb)
- Relación de doctores (76.3 kb)
- Solicitud de pago (91.1 kb)
- Declaración de gastos (68.1 kb)
- Memoria justificativa (65.4 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se debe realizar de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 22 de noviembre de 2022).
Fin de plazo: 22 de diciembre de 2022
Plazo de resolución y notificación
Seis meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la Resolución, podrá entenderse desestimada la solicitud de subvención.Otros plazos
La solicitud de pago final se presentará antes del 30 de octubre de 2023 (incluido).
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección www.larioja.org/notificaciones, o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le asocie a la DEH. A través de la dirección de correo electrónico que nos indique se le avisará, con carácter informativo y no vinculante, de las notificaciones que tiene disponibles en la DEH.
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Javier Rosa Ruiz-Alejos
Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
- Órgano competente: Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Unidad tramitadora: Servicio de Investigación Agraria y Sanidad Vegetal
Más información
Normativa
Orden ATP/42/2020, de 18 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de proyectos de I+D+i del ámbito agroalimentario desarrollados por los centros tecnológicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja
Resolución 1063/2022, de 22 de noviembre, Convocatoria 2022
Extracto de la convocatoria BOR
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información (título provisional)
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: