Gobierno de La Rioja

Ayudas para la creación de redes de alerta fitosanitaria para productores de remolacha azucarera en producción integrada

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Establecer redes de alertas fitosanitarias en remolacha azucarera que contarán con información actualizada del estado fitosanitario del cultivo, y para ello se hace imprescindible el trabajo y la colaboración de los técnicos de los colectivos que agrupan dicha producción. Se dispondrán de estaciones de control distribuidas por las distintas zonas de cultivo con las que aportarán información y datos que servirán para asesorar a los agricultores.

 

 

Requisitos

Beneficiarios

Cooperativas y organizaciones profesionales agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja siempre que agrupen a operadores inscritos en el registro de Producción Integrada de La Rioja de Remolacha Azucarera.

 

Actividades subvencionables

Serán susceptibles de ayuda los gastos de los colectivos solicitantes derivados de las siguientes actividades que se desarrollen a partir del 1 de enero de cada año de la convocatoria:

a)   Gastos de personal técnico para el establecimiento, gestión, difusión y transferencia de resultados de las redes de alertas fitosanitarias. Se consideran gastos de personal subvencionables los costes brutos de empleo del personal del beneficiario.

b)   Gastos directamente relacionados con la realización de actividades de ensayo de nuevos métodos, estrategias en la lucha contra plagas y enfermedades así como la vigilancia necesaria en el cultivo de la remolacha azucarera. Estos gastos incluyen:

  • alquiler de equipos, instalaciones o fincas destinadas a la realización de las actuaciones siempre que se justifique la pertinencia y necesidad para la realización de los ensayos.
  • materias primas, suministros y productos similares de naturaleza fungible que se deriven directamente de la actividad objeto de ensayo y del control o vigilancia de cultivo.

c)   Acciones formativas e informativas: organización de jornadas, edición de material de difusión, publicaciones, webs y cualquier acción que contribuya a máxima difusión de las actividades realizas.

 

Cuantía de las ayudas

El porcentaje de la subvención será el 100% de los costes considerados elegibles.

 

Documentación

Solicitud

La solicitud deberá ir acompañado de la siguiente documentación:

  1.  Memoria de actividades que se van a llevar a cabo para el desarrollo de la acción objeto de esta ayuda, relación de personal que participará en la misma, así como el plan de formación y difusión que se derive de la actuación.
  2. Memoria económica estimativa del contenido de la solicitud, concretamente de los gastos destinados a personal, actividades de ensayo, de formación y transferencia de resultados.
  3. Cualquier información que permita evaluar la solicitud en base a lo establecido en el artículo 9.2 de la orden reguladora.

Acreditación del gasto justificando que se corresponde con la operación subvencionada.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se debe realizar de forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. (Fecha de publicación en el BOR: 25 de abril de 2024)

Fin de plazo: 10 de mayo de 2024

Plazo de resolución y notificación

Seis meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la Resolución, podrá entenderse desestimada la solicitud de subvención.

Otros plazos

La acreditación de la realización de las actividades o de los gastos previstos se realizará antes del 7 de noviembre de 2023.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección www.larioja.org/notificaciones, o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta, para lo cual debe indicar una cuenta de correo electrónico personal para el aviso de la puesta a disposición de una notificación.

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

 

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Isabel Vitoria Díez

 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden Orden ATP/47/2020, de 15 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a colectivos que agrupen a productores de Remolacha Azucarera en Producción Integrada de La Rioja de La Rioja y que establezcan redes de alertas fitosanitarias para este cultivo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Resolución 493/2024, de 22 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública para el año 2023, de concesión de ayudas para la creación de redes de alerta fitosanitaria para productores de remolacha en producción integrada en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Extracto de la convocatoria BOR

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

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