Premios a la Excelencia Académica destinados a graduados universitarios
Premios a la Excelencia Académica destinados a aquellas personas egresadas universitarias que hayan concluido por primera vez sus estudios oficiales de Grado universitario en el curso académico 2023/2024 y que, habiendo demostrado un aprovechamiento académico excelente, cumplan con los requisitos fijados en las bases reguladoras del procedimiento, aprobadas mediante la Orden EDE/39/2024, de 31 de junio.
Requisitos
Beneficiarios
Personas egresadas universitarias que hayan concluido sus estudios oficiales presenciales de Grado Universitario en un centro o universidad española en el curso académico 2023/2024 y cumplan con los requisitos establecidos en la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo.
Número y cuantía de los Premios
Se convocan 9 Premios a la Excelencia Académica con la siguiente distribución:
- Artes y Humanidades: 1 premio.
- Ciencias: 1 premio.
- Ciencias de la Salud: 1 premio.
- Ciencias Sociales y Jurídicas: 1 premio.
- Ingeniería y Arquitectura: 1 premio.
Los 4 premios restantes irán destinados a los 4 siguientes mejores expedientes académicos con independencia de la rama de conocimiento a la que pertenezcan. Asimismo, en el supuesto de que alguno de los premios reservados a una rama de conocimiento quedase desierto por no haber solicitantes que cumplan los requisitos, dicho premio se asignará al siguiente mejor expediente académico no premiado con independencia de la rama de conocimiento.
La cuantía máxima de cada premio es de 3.000 euros.
Requisitos
- Tener la condición de egresadas universitarias que hayan concluido sus estudios oficiales presenciales de Grado universitario en un centro o universidad española en el curso 2023/2024, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo.
- Estar empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante, al menos, los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la presente resolución. Las personas que, habiendo estado empadronadas en La Rioja antes de comenzar sus estudios universitarios, cambiaron su lugar de empadronamiento por razón de dichos estudios deberán acreditar que los sustentadores principales de la unidad familiar continúan empadronados en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una antigüedad mínima de cinco años.
- Haber obtenido en los estudios oficiales de Grado universitario, una nota media final igual o superior a:
- 9 puntos en las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades, Ciencias de la Salud o Ciencias Sociales y Jurídicas.
- 8 puntos en las ramas de conocimiento de Ciencias o Ingeniería y Arquitectura.
- Tener un número mínimo de 180 créditos calificados en la certificación académica completa y acreditativa del título de Grado universitario presentado. No se considerarán como créditos calificados los casos contemplados en el artículo 11.4 de la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo.
- No encontrarse incursas en las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de personas beneficiarias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y del artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
Estudios comprendidos
Quedan comprendidas las enseñanzas universitarias que conduzcan a la obtención de un título académico oficial de Grado.
Se incluyen también los títulos no universitarios equivalentes al título oficial de Grado, es decir, quedan comprendidas las enseñanzas artísticas superiores de Música y de Danza, las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los estudios superiores de Diseño y los estudios superiores de Artes Plásticas, conducentes a un título equivalente al Grado universitario.
Justificación
La obtención de los Premios a la Excelencia Académica no requerirá más justificación que la acreditación por las personas beneficiarias del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo, sin perjuicio de los controles que puedan realizarse para la verificación de tales extremos.
Documentación
Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
- Certificación académica completa y acreditativa del título de Grado universitario en el que figuren las calificaciones obtenidas, la convocatoria en que ha sido superada cada una de las asignaturas y la fecha de obtención. En el caso de planes de estudios estructurados en créditos, además de lo anterior, el certificado deberá indicar los créditos que corresponden a cada asignatura. Las personas solicitantes que hayan cursado los estudios en la Universidad de La Rioja estarán exentas de la presentación de tal certificación, siempre y cuando autoricen a la Administración para la realización de las consultas necesarias en la solicitud.
- Certificado de empadronamiento que acredite la residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante, al menos, los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria. Las personas solicitantes empadronadas en un municipio integrado en la red SCSP de la Administración Electrónica, estarán exentas de la presentación de éste certificado, siempre y cuando autoricen a la Administración para la realización de las consultas necesarias en la solicitud.
- Ficha de terceros debidamente cumplimentada y sellada por la entidad bancaria en la que conste el código cuenta/cliente comprensivo de los códigos que identifican el banco, la oficina, el digito de control y el número de cuenta en el que se abonará el importe del premio al reconocimiento académico, y de la que deberá ser, en todo caso, titular o cotitular la persona beneficiaria. Esta documentación no será necesaria para aquella persona que haya sido beneficiaria de ayudas, becas o premios de la Comunidad Autónoma de La Rioja en anteriores convocatorias y mantengan el mismo número de cuenta. Enlace a la presentación telemática de la Ficha de terceros.
- Ficha de terceros (70.4 kb)
Cómo tramitarlo
La solicitud de esta ayuda se realizará telemáticamente mediante el formulario accesible desde el botón "Tramitar".
La presentación de la solicitud deberá ser firmada electrónicamente por el solicitante. Será necesario la utilización del Certificado Digital FNMT de Persona Física.
La solicitud firmada electrónicamente junta con la documentación correspondiente, quedará presentada telemáticamente. El registro telemático emitirá un mensaje de confirmación de la recepción en el que constarán los datos que identifiquen al solicitante, junto con la fecha y hora en que se produjo la recepción, el número de registro y un extracto del contenido. La falta de recepción del mensaje de confirmación, o en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que la recepción no ha tenido lugar y que deberá ser intentada de nuevo.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, es decir, desde el viernes 12 de septiembre hasta el viernes 10 de octubre de 2025, ambos incluidos.
Plazo de resolución y notificación
SEIS MESES, computados a partir de la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria. De no recaer resolución expresa en dicho plazo, la solicitud deberá entenderse desestimada por silencio administrativo.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de La Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Pablo Olasolo Alonso
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Viceconsejería de Educación, Universidades y Formación Profesional
- Unidad tramitadora: Servicio de Universidad e Investigación
- Cargo que resuelve: Sr./Sra. Consejero/a
Normativa
Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo, de la Consejería de Educación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de Premios a la Excelencia Académica destinados a graduados universitarios.
Resolución 59/2025, de 1 de septiembre, de la Consejería de Educación y Empleo por la que se convocan los Premios a la Excelencia Académica destinados a graduados universitarios en el curso 2023/2024
Extracto de la Resolución de convocatoria del curso 2023/2024.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: