CONVOCATORIA 2022. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN para acciones formativas con compromiso de contratación.
Subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados con un compromiso de contratación no inferior al 40% de los trabajadores formados, en modalidad presencial.
Requisitos
Beneficiarios
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, y en el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria:
- Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja que adquieran para sí mismas el compromiso de contratacaión de las personas trabajadoras formadas en el marco de este programa.
- Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
- Las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos establecidos en el punto 2 del artículo 6 de la Orden TMS/368/2018, de 28 de marzo.
Requisitos:
- Las empresas o entidades que resulten beneficiarias, deberán cumplir con los requisitos que figuran previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2009, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de esos requisitos se efectuará mediante declaración responsable, que se contendrá en la instancias de solicitud que figura com Anexo I de la convocatoria.
- Las empresas o entidades beneficiarias deberán estar dadas de alta en la aplicación informática de gestión de la formación SIGFE-EVAFOR.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Las solicitudes de subvención se cumplimentarán en el modelo de solicitud establecido en la aplicación informática SIGFE- EVAFOR.
Anexo I "Solicitud de subvención" - Que incluye los compromisos de contratación.
Anexo II "Memoria descriptiva"
Ambos documentos se generarán en la aplicación informática SIGFE-EVAFOR. Firme electrónicamente la documentación que corresponda desde la Utilidad para firmar ficheros y adjúntela a la solicitud:
Aportación de documentos junto con la solicitud
En la solicitud de subvención se presentará la siguiente documentación:
- Certificado de la empresa que adquiera el compromiso de contratación de parte o la totalidad de las personas participantes, detallando el grado de contratación a realizar (según modelo del Anexo I.B) o certificado de la entidad de formación acreditada y/o inscrita en el correspondiente Registro de entidades de formación, aportando el convenio o acuerdo suscrito con una o varias empresas que vayan a efectuar las contrataciones, detallando el grado de contratación a realizar (según modelos del Anexo I.B y I.C).
- Memoria descriptiva del compromiso de contratación, que contenga lo señalado en el Anexo II.
- En el supuesto de las empresas beneficiarias que opten por subcontratar por una sola vez la actividad formativa, según lo establecido en el artículo17.3 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, y en el artículo 28 del RD 694/2017, de 3 de julio, propuesta de contratación de la/s acción/es formativa/s solicitada/s, justificando en su caso, la solicitud de tres ofertas de distintas entidades de formación inscritas o acreditadas (especificar número de censo) en la especialidad formativa solicitada para eldesarrollo de la formación, debiendo comunicar la elección de la entidad finalmente seleccionada. Asimismo, se presentará solicitud de autorización previa a la Dirección General de Formación Profesional Integrada en los casos de entidades vinculadas con el beneficiario. Esta documentación podrá presentarse en un momento posterior, pero, en todo caso, al menos con 15 días de antelación al inicio de la acción formativa objeto de subvención.
Los documentos anexos que requieran las comunicaciones electrónicas, se presentarán electrónicamente acompañando a la solicitud en formato PDF y deberán cumplir las especificaciones técnicas siguientes:
- Tamaño: la información generada en formato PDF deberá conservar su tamaño original, es decir, si se trata de un plano cuyo tamaño original es A1, su conversión a PDF deberá hacerse en tamaño A1 también y deberán ser legibles.
- Resolución: la resolución de generación del PDF deberá ser apta para su impresión (mínimo 600 ppp).
- Índice de marcadores: el documento PDF final deberá incorporar un índice básico y con marcadores que vinculen cada apartado del índice con la sección del PDF correspondiente.
Los interesados grabarán en la aplicación informática SIGFE EVAFOR toda aquella información adicional que se requiera en la convocatoria correspondiente.
- Solicitud de subvención (187 kb)
- Memoria decriptiva (122 kb)
- Solicitud de claves para la aplicación SIGFE EVAFOR (113 kb)
Cómo tramitarlo
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
La convocatoria establecerá, cuatro plazos de presentación de solicitudes de subvención correspondientes a cada uno de los procedimientos de selección:
PRIMER PLAZO: Desde el dia siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria hasta el 28 de febrero de 2022, inclusive.
SEGUNDO PLAZO: Del 1 de marzo al 30 de abril de 2022, ambos inclusive.
TERCER PLAZO: Del 1 de mayo al 30 de junio de 2022, ambos inclusive.
CUARTO PLAZO: Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive.
Plazo de resolución y notificación
SEIS MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La publicación se realizará en el Boletín Oficial de La Rioja.Resolución definitiva para cada uno de los procedimientos de selección, que será publicada en el plazo máximo de seis meses contados desde:
- Primera resolución definitiva: contados desde el día siguiente al de publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
- Resto de resoluciones definitivas: contados desde el comienzo del plazo de presentación de solicitudes de cada procedimiento de selección.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Elena Serón Arnaiz
- María Angeles Espinosa Cenzano
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional
- Unidad tramitadora: Servicio de Formación Permanente
- Cargo que resuelve: Sr/a. Consejero/a
Normativa
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional Para el Empleo en el ámbito laboral.
Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, que desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional Para el Empleo, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
Resolución 01/2022, de 18 de enero, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria abierta de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a la realización de acciones formativas con compromiso de contratación, dirigidas a personas trabajadoras en situación de desempleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la iniciativa de oferta de la administración, en aplicación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral y la normativa de desarrollo.
Resolución de convocatoria (extracto)
Resolución 4/2022, de 28 de febrero, Corrección de error de la Resolución 1/2022, de 18 de enero, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria abierta de subvenciones para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a la financiación de acciones formativas presenciales con compromiso de contratación dirigidas a personas trabajadoras en situación de desempleo inscritas en las oficinas de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la iniciativa de oferta de la administración, en aplicación de la Ley 30/2015, de 9 septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo y su normativa de desarrollo.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: