Subvenciones para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas
Ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo a los fondos Next Generation de la Unión Europea.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades públicas, incluyendo las agrupaciones de entidades locales, y privadas, con y sin ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, así como los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario la propia entidad autonómica convocante o perceptora de fondos, pero sí las fundaciones y organismos públicos dependientes de la misma, con personalidad jurídica propia.
Documentación
Solicitud
Se presentará una única solicitud por solicitante. Junto a la misma, se presentará la siguiente documentación:
- Memoria de la actividad para la que se solicita la subvención.
- Presupuestos detallados, tanto de los ingresos previstos para financiar las actividades que se subvencionan, como de los gastos que dichas actividades generen.
- Compromiso del peticionario de cubrir la diferencia entre el coste de las actividades que se subvencionan y la cantidad que, en su caso, se conceda.
- Declaración responsable, de conformidad con los artículos 25 y 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Declaración responsable de los impuestos indirectos que sean susceptibles de recuperación o compensación.
- Documentación relativa a la persona o entidad solicitante teniendo en cuenta el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Si el solicitante es Persona Física:
a) DNI de la persona solicitante, NIE o la tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en España, en el supuesto de manifestar su oposición para la consulta de sus datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
b) Certificado de situación censal en alguna actividad económica relacionada con el sector de las ICC, salvo en el caso de que se trate de persona física que se haya comprometido a constituirse como empresa o autónomo en el momento de recibir la ayuda.
Si el solicitante es Persona Jurídica:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona representante de la solicitante, en el supuesto de manifestar su oposición para la consulta de sus datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
c) Documentación acreditativa del nombramiento o representación en virtud de la cual se actúa.
d) Fotocopia de los estatutos y/o de la escritura de constitución o modificación de la sociedad inscrita en el Registro Mercantil o en el Registro que corresponda.
e) Certificado de situación censal en alguna actividad económica relacionada con el sector de las ICC.
h) En relación con la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
ANEXO II Declaración responsable del cumplimiento del principio de no causar perjuicio significativo (DNSH) a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
ANEXO III Ausencia de conflicto de intereses (DACI).
ANEXO IV Declaración de cesión y tratamiento de datos. Escrito en el que la persona o entidad solicitante se comprometa a conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de febrero de 2021 y en el artículo 129 del Reglamento Financiero. Si no se presentara este escrito y dado que dicho compromiso se configura como un requisito previo que condiciona la concesión de la ayuda, su aceptación se considerará realizada con la firma y presentación de la correspondiente solicitud.
ANEXO V Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones PRTR
- Anexo I. Modelo de solicitud (74.7 kb)
- Compromiso de cubrir la diferencia (68.1 kb)
- Declaración responsable subvenciones (68.4 kb)
- Declaración responsable impuestos indirectos (68.5 kb)
- Anexo II. Memoria de la actividad (69.9 kb)
- Anexo III. Ausencia de conflicto de intereses (DACI) (71.1 kb)
- Anexo IV. Declaración de cesión y tratamiento de datos (70.2 kb)
- Anexo V. Declaración de compromiso de ejecución de actuaciones RPTR (69.6 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (desde el botón Tramitar)
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes es de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
El plazo comienza el 7 de diciembre de 2023 y finaliza el 21 de diciembre de 2023.
Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de concesión será de seis meses, computados a partir de la publicación de la convocatoria. De no recaer en dicho plazo, la solicitud se entenderá desestimada.Otros plazos
El plazo de ejecución de las actividades previstas tendrá lugar, desde el día 1 de enero hasta el día 30 de noviembre de 2023; por tanto, los gastos subvencionables serán los realizados en ese periodo.
El plazo para la presentación de la cuenta justificativa finalizará el día 29 de diciembre de 2023.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Gabriel Santos Ruiz
Alberto Alonso Marrón
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud
- Órgano competente: Dirección General de Cultura
- Unidad tramitadora: Servicio de Promoción Cultural
- Cargo que resuelve: Excmo/a Sr./a Consejero/a
Normativa
Orden EDC/35/2022, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Resolución 26/2023, de 28 de noviembre, Resolución 26/2023, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas para el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos Next Generation de la Unión Europea.
Resolución, Extracto de la convocatoria 2023
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: