Gobierno de La Rioja

Ayudas por inversión fija generadora de empleo en Centros Especiales de Empleo

Plazo: Sujeto a plazos
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Financiación parcial de proyectos de inversión en activos fijos nuevos realizados por el Centros Especiales de Empleo que tengan viabilidad técnica, económica y financiera, y que, a su vez, supongan tanto la creación como la transformación de contratos en indefinidos para personas con discapacidad.

Requisitos

Se entiende por generación de empleo estable la creación de puestos de trabajo con carácter indefinido para personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo, bien mediante un contrato indefinido inicial o mediante la transformación de contrato temporal en indefinido.

Se computarán aquellos contratos indefinidos tanto a jornada completa o parcial no inferior al 50% salvo que se aporte un certificado de capacidades de la persona a contratar, emitido por el órgano de la administración competente, que acredite la imposibilidad de dicha persona con discapacidad, de desarrollar las tareas del puesto de trabajo con una jornada superior al 50 % debido a sus capacidades.

Beneficiarios

Los beneficiarios de esta orden son los Centros Especiales de Empleo, que figuren debidamente inscritos y calificados, en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuyo centro de trabajo radique en la misma, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente orden para cada modalidad de ayudas.

Para ser beneficiarias de estas ayudas, los solicitantes deberán disponer de un plan de igualdad en vigor, en los supuestos en que resulten obligados a ello, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 14 y 45 de la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, debidamente registrado, según lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Para la concesión de la subvención

  • Documento normalizado de solicitud (Anexo II)
  • Presupuestos o facturas proforma de la inversión. En el supuesto que superen las cuantías señaladas en el artículo 31.3 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, deberán presentarse tres presupuestos de diferentes proveedores salvo que concurran las circunstancias señaladas en el mismo precepto para eximir de dicha obligación. En el caso de que no se haya optado por el presupuesto más económico, deberá justificarse dicha elección.
  • Listado de personas con discapacidad y de la plantilla total en el centro en la fecha indicada en el artículo 21.1.
  • Relación de personas trabajadoras con discapacidad indefinidas en el Centro Especial de Empleo en la misma fecha del año anterior a la fecha de la contratación indefinida por la que se solicita subvención y relación de las personas trabajadoras con discapacidad indefinidas que han causado baja, según la relación de causas de baja indicada en el artículo 21.3, durante el año anterior a la contratación subvencionada, así como el documento justificativo de dichas bajas.
  • Declaración responsable del representante del Centro Especial de Empleo del incremento neto de plantilla fija respecto al año anterior a las contrataciones subvencionadas, según lo dispuesto en el artículo 21.3 de la orden reguladora.
  • Vida laboral del centro en la misma fecha del año anterior a la fecha de contratación o transformación incentivada según lo dispuesto en el artículo 21.3 de la orden reguladora y vida laboral del centro en la fecha que se realiza la contratación indefinida por la que se solicita subvención.


Para la justificación de la subvención

  • Relación clasificada de los gastos e inversiones, con identificación del número de factura, acreedor, importe, fecha y lugar de emisión y fecha de pago.
  • Copia de las facturas.
  • Documentación acreditativa del pago de cada una de las facturas anteriores mediante extracto o certificaciones bancarias que acrediten el destinatario del pago.
  • En caso de baja de la persona trabajadora con discapacidad subvencionada: Documento de comunicación de la baja por parte del centro (anexo III)
  • En caso de solicitud de subvención por la contratación o transformación en fijo discontinuo: censo anual de personal fijo discontinuo conforme a lo dispuesto en el artículo 16.5 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
  • Para contratos con jornadas menores al 50%: certificado del órgano de la administración competente en valoración de discapacidades, sobre la imposibilidad de la persona con discapacidad, de desarrollar las tareas del puesto de trabajo con una jornada superior al 50 % debido a sus capacidades.

La Dirección General competente en materia de empleo consultará a las diferentes Administraciones Públicas y obtendrá directamente la información legalmente pertinente para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para obtener la subvención, incluida la de carácter tributario estatal y autonómico y la de la Seguridad Social, así como respecto a los Servicios de Verificación y consulta de Datos de Identidad, Plataforma de Intermediación SVD y las plataformas públicas de información a las que tenga acceso.

En el caso de que los solicitantes se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el apartado correspondiente que figure en la solicitud, debiendo aportar los Certificados originales de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y con la Comunidad Autónoma de La Rioja y al corriente en el cumplimento de sus obligaciones con la Seguridad Social, cuya validez deberá extenderse a la fecha de otorgamiento de la ayuda, así como documento NIF del solicitante y DNI/NIE del representante legal, junto NIF del trabajador contratado, resolución de discapacidad, empadronamiento, vida laboral, tarjeta de demanda de empleo y comunicación del contrato de trabajo

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

La solicitud se presentará en el plazo máximo de un mes desde la contratación indefinida para la que se solicita subvención.

Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Para la presentación electrónica, si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección Web (www.larioja.org/notificaciones), o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico correspondiente.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Sección de Igualdad y Oportunidades de Empleo

  • Cristina López Celorrio: 941 291 569
  • Carmen Bañuelos Cañas: 941 291 100 Ext. 33160
  • Isabel Ruiz Berdejo 941 291 100 Ext. 35162

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden DEA /68/2022, de 19 de octubre, por la que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la inclusión laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo en La Rioja

Más información

Otros Impresos

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

Las resoluciones adoptadas pondrán fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre en relación con el artículo 45 de la Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Rioja, por lo que, contra las mismas, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la precitada Ley 39/2015, de 1 de octubre en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Asimismo, y sin necesidad de presentar el recurso de reposición, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, si se interpone el recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

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