Ayudas para la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular a titulares de empresas turísticas
Tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la solicitud, tramitación y concesión de ayudas a titulares de alojamientos turísticos para la "Financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas", incluido en el apartado de "modernización y competitivadad del sector turístico" del Plan de Recuperación, Transformacióny Resilencia (componente 14), financiado por la Unión Europea, Next Generation EU
Requisitos
Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden:
- Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarios de edificios existentes destinados a alojamiento turístico.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de este acuerdo.
- Restaurantes.
2. En todo caso, solo podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos establecimientos inscritos en el Registro de Proveedores de Servicios Turísticos según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja.
3. Quedan excluidas las viviendas de uso turístico.
4. Si dos o más categorías de destinatarios solicitaran financiación para un mismo proyecto, las solicitudes respectivas indicarán el porcentaje que cada una de las solicitudes asume sobre la totalidad del proyecto, sin que la suma de ambos porcentajes pueda superar el 100 % del mismo
Requisitos para obtener la condición de beneficiario.
1. Cuando los destinatarios últimos de las ayudas sean personas físicas deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de extranjeros no comunitarios, deberán tener su domicilio fiscal y centro operativo permanente en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
2. Cuando los destinatarios últimos sean personas jurídicas, deberán acreditar que se encuentran debidamente constituidas, conforme a la normativa que les resulte de aplicación.
3. No podrán obtener la condición de beneficiario de estas ayudas:
a) Quienes no cumplan lo establecido en el artículo 13.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En este contexto, el destinatario último suscribirá, junto con la solicitud de ayuda, declaración responsable que acredite no tener pendiente obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas o, en su caso, el cumplimiento de las mismas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El destinatario último deberá también encontrarse al corriente en el cumplimiento del resto de obligaciones establecidas por dicho artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, entre ellas, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El destinatario último, con la presentación de su solicitud de ayuda, podrá autorizar, indistintamente, tanto al órgano administrativo concedente como instructor para que puedan consultar directamente dicha información de forma directa con la Administración tributaria o de la Seguridad Social correspondiente en los momentos en que sea preciso durante la tramitación del procedimiento.
b) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que a estos efectos se realiza en el Reglamento UE 651/2014, de 17 de junio de 2014, y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1, de 31 de julio de 2014).
c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión.
4. Los destinatarios últimos destinarán el importe íntegro de la ayuda que reciban al pago de las correspondientes actuaciones subvencionables. Esta regla resultará igualmente de aplicación, cuando se trate de agrupaciones de personas jurídicas, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, con independencia de que tanto el importe de la misma como el coste de las obras deba repercutirse entre los integrantes de las mismas. No obstante, cuando alguno de sus integrantes incurra en una o varias prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no se atribuirá a dicho integrante la parte proporcional que le correspondería de la ayuda recibida, que se prorrateará entre los restantes, siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder a la condición de destinatario último por parte de la entidad de que se trate.
5. Las personas o entidades destinatarias últimas garantizarán el pleno cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm-DNSH) y el etiquetado climático y digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
1) Copia del NIF/tarjeta de identificación fiscal del solicitante y de su representante, si procede. No es necesaria la aportación de copia de NI/tarjeta de identificación fiscal si la persona interesada, y su representante, si procede, presta su consentimiento expreso para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
2) Documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que formula la solicitud de ayuda como representante del solicitante, inscrita debidamente, si procede, en los registros públicos correspondientes. En el caso de representación mediante la inscripción en el Registro electrónico de apoderamientos (REA), es suficiente indicar el número de registro.
3) Declaración responsable, firmada digitalmente por el solicitante o por el representante del solicitante, donde conste detallado que el solicitante de la actuación:
a) No se encuentra en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, haciendo mención expresa respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Subvenciones.
b) Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y se considera que el solicitante, con la presentación de su solicitud de ayuda, autoriza al órgano instructor para que pueda consultar esta información de manera directa. Sin embargo, el solicitante puede denegar expresamente el consentimiento a la consulta y tiene que aportar en este caso los certificados correspondientes.
c) No ha solicitado o recibo otras ayudas para la misma actuación o finalidad o, si las ha solicitado, tiene que indicar el importe de la ayuda solicitada y, si procede, obtenida, así como la Administración, organismo o entidad pública concedente. También se compromete a informar de las que pueda solicitar u obtener durante la tramitación de estas ayudas.
d) Que la empresa a la que represente, en su caso, no está en crisis, según lo que se establece en los artículos 2.18 y 1.4.c) del Reglamento UE núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
e) Respeta los principios de economía circular y garantiza el pleno cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH, por sus siglas en inglés de do no significant harm) en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el sentido establecido en el apartado 6 del artículo 2 del Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
f) No le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de minimis.
g) Manifiesta su compromiso con los estándares más exigentes en relación al cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, y adopta las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, y comunicará los incumplimientos observados, si procede, a las autoridades que procedan.
h) En el caso de ser persona jurídica, dispone de la escritura de constitución de la sociedad y de la inscripción de sus estatutos en el Registro mercantil o registro correspondiente.
i) No haber incurrido en prácticas discriminatorias por razón de género en la ejecución de la actividad, sancionadas por resolución administrativa o sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de Igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja.
j) Se encuentra al corriente del pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos, si procede.
k) Acepta la cesión de datos entre las administraciones públicas implicadas, para dar cumplimiento a lo que se prevé en la normativa europea que es aplicable y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en relación a la ejecución de actuaciones del PRTR.
4) Ficha de Alta de Terceros, a efectos del ingreso derivado del procedimiento, con indicación del número IBAN y del titular de la cuenta bancaria, que tiene que coincidir con el solicitante. La Administración de la Comunidad Autónoma, una vez hechos los ingresos en la cuenta indicada, queda eximida de responsabilidad por las actuaciones que se deriven de errores en los datos indicados por el declarante.
5) Copia del documento que acredite la propiedad del edificio o local del propietario solicitante de la actuación. Con este fin puede aportarse: certificado catastral electrónico que acredite la titularidad del edificio o local; certificado o nota simple del registro de la propiedad, o documento/s acreditativo/s del hecho, acto o negocio jurídico que demuestre la adquisición del inmueble, documento que puede ser de naturaleza pública escritura pública o privada, siempre que conste fehacientemente la realidad de la fecha de este, en los términos establecidos en el artículo 1227 del Código civil, de los intervinientes en el acto y de la concurrencia de todos los requisitos a que se refiere el artículo 1261 del Código civil. En el supuesto de que el solicitante de la actuación no sea el propietario, se tiene que aportar adicionalmente la documentación o contrato que acredite la facultad expresa para poder ejecutar las obras correspondientes a la actuación objeto de ayuda (contrato de arrendamiento, de explotación, etc.).
6) Certificado de eficiencia energética (si procede por el tipo de actuación planteada) del edificio o local existente en su estado actual, con el contenido que establece el artículo 6 del procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente y registrado en el registro competente del órgano de la Comunidad Autónoma.
7) Certificado de eficiencia energética (si procede por el tipo de actuación planteada) del edificio o local que se conseguiría tras la reforma propuesta para la cual se solicita ayuda, según el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, demostrando que el proyecto para el cual se solicita ayuda permite alcanzar las mejoras necesarias en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m² año). El certificado tiene que ir firmado por un técnico competente, no siendo necesario que este certificado de eficiencia energética esté registrado en el Registro del órgano competente de la Comunidad Autónoma.
8) Proyecto o memoria técnica, en el caso que no se requiera proyecto, donde se describan adecuadamente las actuaciones a realizar y la situación de partida, suscrita por técnico competente o instalador, en su caso, donde conste:
a) Justificación del cumplimiento de las exigencias básicas del Documento básico de ahorro de energía DB-HE del Código técnico de la edificación que sea aplicable a la tipología para la cual se solicita ayuda.
b) Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que consiga, que al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición generados se preparen para ser reutilizados y reciclados, y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales o, en su defecto, declaración responsable firmada por el representante del beneficiario en la cual se compromete a cumplir y aportar toda la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de lo que se ha indicado.
c) Cronograma. Fechas de inicio y conclusión de actuaciones.
d) Presupuesto de la empresa o empresas de las actuaciones, suficientemente desglosado.
e) Justificación del coste elegible.
f) Cuantía de la ayuda solicitada conforme al cuadro del artículo 9.2.
9) Copia de al menos tres presupuestos de diferentes proveedores en los supuestos previstos en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y memoria que justifique razonablemente la elección del proveedor, cuando la elección de este no haya recaído en el que plantea una oferta económica más ventajosa.
10) Copia de las solicitudes de licencias o autorizaciones administrativas necesarias para la ejecución de las actuaciones. En el supuesto de que estas no sean necesarias, declaración responsable en la cual se indique que para la ejecución de las actuaciones no es necesaria la solicitud de licencias ni de autorizaciones.
- SOLICITUD (592.3 kb)
- DECLARACIÓN RESPONSABLE (575 kb)
- DECLARACIÓN RESPONSABLE - MINIMIS (776.7 kb)
- DECLARACIÓN RESPONSABLE - DNSH (581.2 kb)
- DACI (328 kb)
- DECLARACIÓN CESIÓN DE DATOS (327.1 kb)
- DECLARACIÓN COMPROMISO PRTR (326.3 kb)
- DECLARACIÓN - DOBLE FINANCIACIÓN (327.5 kb)
- CUENTA JUSTIFICATIVA (576.7 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 3 meses desde el día siguiente de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 1 de abril de 2025).
El plazo comienza el 2 de abril de 2025 hasta el 1 de julio de 2025.
Plazo de resolución y notificación
La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de SEIS MESES contados a partir del día siguiente de la presentación de cada una de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, dichas solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Mariano Esteban Criado
- José Andrés Biribay Larrión
- José Luis Zárate Martínez
Atención telefónica: de lunes a viernes, en horario de 9 a 10 de la mañana.
Telefono: 941 29 11 00 (Ext.36106 - 33721)
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud
- Órgano competente: Dirección General de Turismo y Promoción Territorial
- Unidad tramitadora: Servicio de Turismo
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Normativa
Orden DEA/87/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas para la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular a titulares de EmpresasTurísticas, dentro del Plan de Recuperación, Trnasformación y Reilencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU
Orden CTD/24/2025, de 20 de marzo, de modificación de la Orden DEA /87/2022 de 23 de diciembre por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas para la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular a titulares de Empresas Turísticas, dentro del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.
Orden TEXTO CONSOLIDADO, (Al tratarse la Orden CTD/24/2025 de una modificación de una Orden anterior, se adjunta enlace a la versión consolidada para facilitar su comprensión.)
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: