Gobierno de La Rioja

Subvenciones a Entidades Locales para dotación de equipamiento en las instalaciones deportivas de su titularidad.

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Tienen por objeto fomentar, mediante la financiación de los gastos de capital, la adquisición de equipamiento inventariable, tanto deportivo como complementario.

Requisitos

Beneficiarios

Podrán acceder a estas subvenciones las Entidades Locales incluidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Periodo Subvencionable

Plazo de adquisición del equipamiento: Dentro del año 2024 y antes de la finalización del plazo de presentación de la justificación del gasto.

Documentación

Solicitud

SOLICITUDES

A las solicitudes, que se realizarán conforme a lo recogido en el artículo 9 de la Orden de Bases, se acompañarán en el plazo señalado en la resolución de convocatoria, con carácter específico los siguientes documentos:

a) Memoria justificativa de la necesidad de adquisición del material para el que se solicita la subvención.
b) Presupuesto económico detallado ofertado por una empresa suministradora.
c) Con carácter voluntario podrán aportarse además cuantos datos el peticionario estime necesarios para documentar el cumplimiento de los criterios de concesión a través de sus indicadores.

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

La justificación del gasto subvencionable se realizará, dentro del plazo establecido en la resolución de convocatoria en la forma prevista en el artículo 16 de la Orden de Bases, junto con la presentación, con carácter específico, de un certificado del destino dado a la subvención emitido por el Secretario de la Entidad con el Visto Bueno del Presidente.

Aportación de documentos junto con la solicitud

Si se hace de manera electrónica

Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

30 días hábiles computados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria de en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación en el BOR: 16 de mayo de 2024).

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 17 de mayo de 2024 y finaliza el 28 de junio de 2024.

Plazo de resolución y notificación

Seis meses, contados desde la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el BOR. Transcurrido dicho plazo sin que la Resolución haya sido notificada, el interesado deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

Otros plazos

Plazo Justificación

Finaliza el 15 de octubre de 2024

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Antonio Montoya Aransay    

Rocío Rodríguez Fuidio       

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden EDC/36/2023, de 2 de junio, por la que se establecen las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones en materia deportiva.

Resolución 64/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones a entidades locales para dotación de equipamiento en las instalaciones deportivas de su titularidad (Texto íntegro).

Extracto de la Resolución de convocatoria

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

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