Acceso a las plazas públicas de la Red de Alojamiento de Mujeres en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Regular el procedimiento de acceso a las plazas públicas de la Red de Alojamiento de Mujeres de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Requisitos
1.Mujeres víctimas de violencia de género y las de violencia intrafamiliar, y las personas a su cargo:
1.1. En caso de acceso a la Atención Residencial de Emergencia:
a)Ser mujer mayor de edad o menor emancipada o legalmente representada.
b)Manifestar padecer una situación de violencia de género o de violencia intrafamiliar.
c)Haber sido derivada por servicios de emergencia: SOS Rioja, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Policía Local,así como por los Servicios de Urgencias Sociales de las Administraciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aquellos supuestos en los que no corresponda otro recurso de emergencia.
d)Haber sido derivada desde la propia Dirección General competente en materia de atención a la mujer
1.2 En el caso de acceso al Alojamiento e intervención integral o al Alojamiento e intervención integral en pisos de tránsito
para víctimas de violencia de género y/o de violencia intrafamiliar:
a)Ser mujer residente en La Rioja.
b)Ser víctima de violencia de género o de violencia intrafamiliar.
c) Ser mujer mayor de edad o menor emancipada o legalmente representada.
d)Tener un estado de salud que no requiera la adopción de medidas de salud pública que impliquen aislamiento o medidas extraordinarias.
e)No padecer trastornos mentales graves y continuados y/u otras conductas asociadas, ni presentar conductas derivadas del consumo de alcohol o sustancias estupefacientes.
f)Carecer de apoyo y vivienda alternativa donde poder residir en condiciones de seguridad o no poder disponer de ella de forma inmediata.
2. Madres en situación de riesgo social, que por lo menos tengan un/a menor a su cargo de una edad inferior o igual a tres años y, para mujeres gestantes y, en su caso, los/as menores a su cargo, teniendo en cuenta los requisitos señalados a continuación:
a)Ser mujer residente en La Rioja.
b)Contar con un informe social que justifique la necesidad de este recurso.
c)Mujer mayor de edad o menor emancipada o legalmente representada.
d) Tener un estado de salud que no requiera la adopción de medidas de salud pública que impliquen aislamiento o medidas extraordinarias.
e)No padecer trastornos mentales graves y continuados y/u otras conductas asociadas, ni presentar conductas derivadas del consumo de alcohol o sustancias estupefacientes.
Documentación
Solicitud de acceso a las plazas públicas de la Red de Alojamiento de Mujeres de la Comunidad Autónoma de La Rioja
-Fotocopia DNI, tarjeta de residencia o pasaporte
-Fotocopia DNI, tarjeta de residencia o pasaporte del/la representante legal
-Certificado, volante de empadronamiento o cualquier otro documento que acredite residencia en La Rioja
-Fotocopia del Libro de Familia o certificado de nacimiento de los hijos/as menores de edad
-Resolución judicial que le otorgue la guarda o curatela de las personas convivientes y dependientes a cargo
- solicitud de acceso a plazas (109.5 kb)
Cómo tramitarlo
El procedimiento de acceso se iniciará mediante solicitud de la interesada o de su representante legal, conforme al modelo establecido.
El modelo de solicitud podrá obtenerse en las Unidades de Trabajo Social, en el Centro Asesor de la Mujer, en la Consejería competente en la materia, en el Servicio de Atención al Ciudadano y en la página web www.larioja.org.
La solicitud se podrá presentar en el registro auxiliar de la Secretaría General Técnica de la Consejería competente en la materia, en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, en los lugares señalados en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos; así como en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para dictar la resolución será de tres meses desde el inicio del expediente, transcurridos los cuales, se entenderá desestimada la solicitud, sin perjuicio de que pueda iniciarse de nuevo si hubiere causa para ello.Las notificaciones se practicarán siempre de forma personal, salvo que las personas interesadas opten por otro medio de notificación tal y como se prevé en los artículos 41 a 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
Las notificaciones se practicarán siempre de forma personal, salvo que las personas interesadas opten por otro medio de notificación tal y como se prevé en los artículos 41 a 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Centro Asesor de la Mujer 941-29-11-00, extensión 34550
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud y Políticas Sociales
- Órgano competente: Dirección General de Servicios Sociales e Igualdad
- Unidad tramitadora: Servicio de Igualdad y Mujer
- Cargo que resuelve: Director General de Servicios Sociales
Normativa
Decreto 62, de 28 de diciembre, Decreto 62/2022, de 28 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de acceso a las plazas públicas de la Red de Alojamiento de Mujeres en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Alzada
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: