Aprobación de proyecto de voladura especial
Aprobación de proyecto de voladura especial
Requisitos
- Contar con Autorización e incripción de empresa que llevan a cabo la ejecución de voladuras especiales.
Documentación
Solicitud
1.- Instancia general cumplimentada con los datos señalados en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la cual se solicita la aprobación del proyecto de voladura especial.
2.- Proyecto de Voladura Especial
3.- Justificante de pago de tasas administrativas
- Tasa 4.34. Tarifa 1. Confrontación y/o aprobación de proyectos de explotación, de restauración, planes de labores, proyectos de cierre y, en general, de cuantos otros documentos o proyectos técnicos sean exigidos por la legislación de minas vigente en cada momento, así como sus modificaciones.
- Solicitud. Instancia general (59.5 kb)
- Autoliquidación Tasa 4.34. Tarifa 1 (80 kb)
Cómo tramitarlo
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el Decreto 17/2019, de 10 de mayo, por el que se establece la comunicación electrónica en el ámbito minero de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo de resolución y notificación
Tres mesesTasas
Número de cuenta: ES1021006196381300495789Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Urbanismo - Sección de Ordenación Minera
- Sergio Luis García Martínez
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación
- Órgano competente: Dirección General de Urbanismo y Vivienda
- Unidad tramitadora: Servicio de Urbanismo
- Cargo que resuelve: Sr./a Director/a General
Normativa
Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas.
Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera
Orden de 29 de julio de 1994, por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria 10.3.01 "Explosivos Voladuras Especiales" del capítulo X "Explosivos" del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Alzada
Otros enlaces:
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: