Gobierno de La Rioja

Programa de Aulas para la inclusión socio-educativa (Programa Apise)

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Este programa tiene como finalidad proporcionar vías alternativas, de carácter excepcional,  dirigidas a atender al alumnado con historial de absentismo o con riesgo de abandono escolar temprano y/o exclusión social, baja motivación escolar, dificultades graves de adaptación o problemas graves de conducta, mediante su incorporación a las aulas para la inclusión socioeducativa que favorezcan su permanencia en el sistema educativo.

 

 

 

Requisitos

Será destinatario de este programa:

1. Aquel alumnado escolarizado en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria con historial de absentismo y/o riesgo de abandono escolar temprano y/o exclusión social, baja motivación escolar, dificultades graves de adaptación o problemas graves de conductas.

2. Alumnado con edades comprendidas entre los 13 años cumplidos en el año natural de inicio del programa, y siempre que haya cursado el primer curso de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, hasta el alumnado que al finalizar el curso académico cumpla 16 años.

No serán destinatarios de este programa:

1. El alumnado que presente necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad intelectual o trastorno del espectro autista.

Observaciones:

- La incorporación de un alumno o alumna al Programa de Aulas para la inclusión socio-educativa deberá hacerse tras haber agotado otras medidas de atención a la diversidad de carácter más general.

- La decisión de incorporación de un alumno o alumna al programa tomada por un centro educativo tiene sólo validez para ese centro.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente 

Natalia Alonso Angulo 31673
Natalia Sicilia Oña 33942
Ana Belén Gomez Revuelto 31152
Vanesa Saenz Alesanco 35371
Irene Asensio Pérez 31658

Organismo

Normativa

Resolución 44/2024, de 24 de junio, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa por la que se regula el Programa de Aulas para la inclusión socio-educativa de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que manifieste graves dificultades de adaptación al sistema educativo en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en centros públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso académico 2024/2025

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Recurso que procede:

Alzada

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