Gobierno de La Rioja

Programa de Aulas terapéutico-educativas

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Este programa tiene por objeto dictar instrucciones para el acceso al Programa de Aulas terapéutico-educativas. Está destinado a atender al alumnado con un diagnóstico de trastorno mental o trastorno del comportamiento, con la finalidad de ofrecer una respuesta especializada que facilite su adaptación al contexto socioeducativo, mejorando su desarrollo personal, y alcanzar el éxito educativo, en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria

Requisitos

El procedimiento de incorporación del alumnado a estas aulas se realizará a propuesta de la dirección del centro docente donde esté matriculado el alumno o alumna 

Esta solicitud contendrá:

  • Informe de evaluación psicopedagógica, en el que se deberá incluir las medidas realizadas con el alumno o la alumna, y dictamen de escolarización realizados por la persona responsable del servicio o departamento de orientación del centro educativo.
  • Evaluación de la competencia curricular del alumno o alumna en todas las materias, señalando las competencias desarrolladas y objetivos alcanzados, realizada por el tutor, con el apoyo del equipo docente y de los servicios de orientación del centro.
  •  Informe clínico de la Unidad de Salud Mental Infanto-Juvenil o informe psiquiátrico donde conste su valoración diagnóstica. Los informes que deriven al Programa de Aulas terapéutico-educativas en ningún caso serán vinculantes.
  • Conformidad escrita de los progenitores o personas que ejercen la tutoría legal del alumnado para su incorporación a este programa (Anexos II y III).
  • Compromisos firmados por los progenitores o personas que ejercen la tutoría legal del alumnado con el centro en que se ubica el aula terapéutico-educativa de colaboración e intervención con el fin de garantizar un progreso en el alumnado. Este elemento es considerado indispensable para poder coordinar una intervención global desde los ámbitos educativo, sanitario y socio-familiar

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará De forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Personas de contacto:

Servicio competente

Natalia Alonso Extensión 31673
Natalia Sicilia Extensión 33942
Ana Belén Gómez Revuelto Extensión 31152
Vanesa Saenz Alesanco Extensión 35371
Irene Asensio Pérez Extensión 31658

Organismo

Normativa

Resolución 43/2024, de 19 de junio, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se regula el Programa de Aulas terapéutico-educativas en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2024-2025

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Recurso que procede:

Alzada

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