Gobierno de La Rioja

Solicitud calificación provisional de viviendas de protección oficial

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Solicitar la calificación provisional de viviendas de protección oficial

Requisitos

Establecidos en el Decreto 33/2013, de 11 de octubre, por el que se regula la vivienda de protección oficial en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Esta solicitud deberá ir acompañada en todos los casos de los siguientes documentos:

  1.  Los que acrediten la personalidad del solicitante (documento nacional de identidad para las personas físicas y escritura de constitución de sociedad para las personas jurídicas, acompañada del documento que justifique su representación).
  2.  Fotocopia de escritura de propiedad del solar debidamente registrada.
  3.  Certificado del Registro de la Propiedad de la titularidad del dominio de los terrenos y de la libertad de cargas o gravámenes que pueden presentar un obstáculo económico, jurídico o técnico para el desarrollo del proyecto. Cuando conforme a dicho certificado se constate que los solicitantes no son titulares de los terrenos, deberá aportarse documento suficiente en Derecho que acredite la disponibilidad de los terrenos para construir. Asimismo, se certificarán los datos registrales de los terrenos.
  4.  Cuando se trate de promociones a ejecutar por fases, se presentará junto con el proyecto de la primera, el de urbanización del conjunto, en el cual se deberá grafiar específicamente el número de fases en que se divide el proyecto, así como los edificios y servicios complementarios, las instalaciones y las obras de urbanización a ejecutar en cada fase.Cada fase ha de constituir una obra completa y para poder calificarse definitivamente ha de tener resueltos todos los servicios sin depender de futuras actuaciones en las fases sucesivas.
  5.  Ingreso de la tasa de Viviendas de Protección Oficial (0,07% de la base imponible constituida por el presupuesto general, integrado por el valor de ejecución material, el beneficio industrial y los honorarios facultativos, más el valor del suelo en su caso). El pago se deberá realizar a través de la plataforma GRIAR del Gobierno de La Rioja.
  6.  Proyecto Básico o de Ejecución visado de la promoción definido en el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

La documentación técnica, será presentada de conformidad con el Decreto 28/2013, de 13 de septiembre que regula las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Antes del inicio de las obras se presentará en la Dirección General competente en materia de vivienda el Proyecto de Ejecución debidamente visado. La falta de alguno de estos documentos impedirá el visado de los contratos, así como el otorgamiento de la calificación definitiva.

Cómo tramitarlo

De forma electrónica desde el botón Tramitar

Artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año.

Tasas

Solicitud calificación provisional de viviendas de protección oficial

La tasa por la Calificación provisional de Viviendas de Protección Oficial será informada por el Servicio de Vivienda, una vez comprobada la documentación presentada. Dicho Servicio, realizará el correspondiente cálculo para determinar la cantidad a ingresar que será comunicada al interesado.

El cálculo vendrá determinado por lo siguiente:

(0,07% de la base imponible constituida por el presupuesto general, integrado por el valor de ejecución material, el beneficio industrial y los honorarios facultativos, más el valor del suelo en su caso).

El pago se deberá realizar a través de la plataforma GRIAR del Gobierno de La Rioja


Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Información y consultas

Israel López García            Jefe de Sección de Vivienda y Calidad en la edificación      33215

Puy Angulo Castellanos      Gestión de Apoyo     34255

 

 

Organismo

FAQ (Preguntas frecuentes)

¿Cómo se debe pagar la tasa de este procedimiento?

Ingreso de la tasa de Viviendas de Protección Oficial (0,07% de la base imponible constituida por el presupuesto general, integrado por el valor de ejecución material, el beneficio industrial y los honorarios facultativos, más el valor del suelo en su caso).

El pago se deberá realizar a través de la plataforma GRIAR del Gobierno de La Rioja.

Normativa

Decreto 33/2013, de 11 de octubre, por el que se regula la vivienda de protección oficial en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Más información

Otros Impresos

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Observaciones:

 

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 47% de las personas esto les resultó útil.
Subir