Gobierno de La Rioja

Entrega documentación final. ObservaRioja 2025/2026

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Apertura del procedimiento para entrega de documentación final del programa ObservaRioja 2025/2026.

 

Requisitos

Deberá presentarse por un miembro del equipo directivo o por el coordinador del Programa.

 

Documentación

Entrega documentación

PROGRAMA OBSERVARIOJA

Documentación a presentar:

    • Solicitud. Instancia general
    • Memoria final
    • Protocolo de observación de centros (Fase 2)
    • Evidencias de observación (Opcional)

 

 

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón "Tramitar".

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo de envío de la documentación: del 29 de abril al 15 de mayo de 2026, ambos incluídos.

 

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de La Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Centro Riojano de Innovación Educativa (CRIE)

 Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden EDC/3/2022, de 19 de enero, por la que se regula la formación del profesorado en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Resolución de 10 de octubre de 2025, por la que se establecen las bases de la convocatoria 2025/2026 para la participación en el programa ObservaRioja

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

No tiene

Recurso que procede:

Alzada

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Empleo en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.

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