Consulta previa: Decreto por el que se regula el contenido y la gestión de la Historia Social Única Electrónica de La Rioja
- Fecha de publicación:
- 06/10/2025
- Localización:
- La Rioja
Decreto por el que se regula el contenido y la gestión de la Historia Social Única Electrónica de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 2025/000353.
Fases del proceso
Diagnóstico breve
En la actualidad existe una gran diversidad de sistemas de información o herramientas para la gestión de los servicios y las ayudas sociales, entre aplicativos, herramientas ofimáticas y bases de datos en el ámbito de los servicios sociales. No obstante, una acción integrada y eficaz de los servicios sociales, requiere el desarrollo de instrumentos de gestión e información compartida, al servicio de profesionales, Administraciones, otras entidades colaboradoras y de la ciudadanía.
Esta diversidad de instrumentos de información se integran en un nuevo sistema de información múltiple el cual se introduce en la Ley 7/2009, de 22 de diciembre, a través de la regulación de la Historia Social Electrónica (HSUE), del derecho de las personas usuarias del Sistema Público de Servicios Sociales a disponer de una HSUE, del derecho de acceder a la misma y a la confidencialidad de los datos e informaciones que figuren en la misma, del deber del personal profesional de mantener actualizados los expedientes y registros, de la reserva de denominación de la Historia Social Única Electrónica de Servicios Sociales, de la autorización a la consulta del personal profesional, de las competencias atribuidas a la Consejería de Servicios Sociales, de su definición y descripción de la finalidad y del Registro Unificado de Personas Usuarias de Servicios Sociales. También se hace referencia al régimen jurídico aplicable en materia de protección de datos personales y servicios sociales, a la autorización para la consulta de datos y a la autoridad responsable del tratamiento de los datos de la HSUE.
No obstante, se precisa de un desarrollo reglamentario que concrete aspectos relacionados con su contenido y gestión, para dotar a la HSUE del correspondiente respaldo legal.
Propuesta inicial
La HSUE es un instrumento de intercambio de información en materia de servicios sociales que contribuye a mejorar la atención de las personas usuarias en la medida que recoge toda la información relacionada con las mismas en el ámbito de la intervención de los servicios sociales. Con el fin de garantizar los derechos de las personas usuarias, y en especial los relativos a la protección de datos personales, resulta necesario aprobar un decreto que regule entre otros aspectos, su objetivo, finalidad, estructura, contenido, funciones, accesos de profesionales y ciudadanía, interoperabilidad, responsabilidades, gestión, control y custodia.
Objetivos
- Profesionalización y fortalecimiento del Sistema Público de Servicios Sociales, así como mejora de la atención social e integral de las personas.
- Dotar de garantía y seguridad jurídica a la HSUE.
Alternativas
No existen. El artículo 56.3 de la Ley 7/2009, de 22 de diciembre, remite el contenido y la gestión de la HSUE al desarrollo reglamentario.
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A diferencia de la fase de audiencia o información pública, en la que se ofrece un borrador de anteproyecto con el articulado completo, la consulta previa pretende que la ciudadanía se pronuncie en abstracto sobre un proyecto normativo que todavía está por elaborar y estructurar.
El objetivo es recabar antes de su elaboración, la opinión de personas y colectivos acerca de la propuesta inicial y los objetivos de dicho proyecto. Es por ello que no se adjunta ningún recurso.