Consulta previa: Ley de declaración del Parque Natural del Alto Najerilla
- Localización:
- La Rioja
- Nº de participaciones:
- 1
La voluntad de esta administración es la declaración de un Espacio Natural Protegido, para la protección y conservación de los valores ambientales existentes en su ámbito de aplicación. 2026/000112
Fases del proceso
Diagnóstico breve
A la vista del diagnóstico recogido en el borrador del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales se concluye la necesidad de asegurar la protección de los valores naturales que derivan de sus ecosistemas como son los pastizales de montaña conformados por la presencia ancestral de la ganadería extensiva, o los bosques mixtos de montaña, sus destacados paisajes entre los que destacan las cumbres ibéricas o especies tan emblemáticas y necesitadas de protección como son el buitre negro o el quebrantahuesos. Con la declaración de la figura de Parque Natural se pretende además de la conservación, facilitar la puesta en valor de los valores citados mediante la implantación de las infraestructuras de uso público necesarias para el acceso, conocimiento y disfrute ordenado de la sociedad. Desde esta administración se considera necesario contribuir de esta forma al desarrollo rural y a la minimización de la despoblación de los pueblos de esta zona geográficamente aislada de La Rioja.
Propuesta inicial
Desde la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, se quiere iniciar la tramitación de una Ley de declaración del Parque Natural del Alto Najerilla.
Objetivos
Los objetivos generales de la aprobación de esta norma son:
- Proporcionar el estatus legal medioambiental que asegure la protección de los valores naturales del Alto Najerilla.
- Asignar la figura de protección que permita y facilite el impulso y la financiación por parte del Gobierno de La Rioja de las medidas necesarias para su protección y el favorecimiento de su desarrollo socioeconómico sostenible local estableciendo como prioridades además de la conservación de los valores naturales, la conservación de la ganadería extensiva y la promoción del uso público ordenado.
- Establecer los órganos de gestión del futuro espacio natural protegido.
- Establecer los instrumentos de desarrollo de la Ley.
Alternativas
No se contemplan.
Aportaciones (1) Normas de uso
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A diferencia de la fase de audiencia o información pública, en la que se ofrece un borrador de anteproyecto con el articulado completo, la consulta previa pretende que la ciudadanía se pronuncie en abstracto sobre un proyecto normativo que todavía está por elaborar y estructurar.
El objetivo es recabar antes de su elaboración, la opinión de personas y colectivos acerca de la propuesta inicial y los objetivos de dicho proyecto. Es por ello que no se adjunta ningún recurso.

(Anónimo) 08/04/2026 08:18
"El futuro Parque Natural debería incluir la totalidad del término municipal de Canales de La Sierra, y no solo aquellos terrenos que forman parte de la Mancomunidad de Canales, Mansilla y Villavelayo, por cuanto los terrenos excluidos tienen los mismos valores naturales que el resto y abre la puerta a actividades y usos potencialmente impactantes en las zonas colindantes del resto del territorio protegido. Resulta incongruente que para el resto de municipios que se van a integrar en el Parque Natural, se incluya la totalidad del término municipal y para Canales de la Sierra solo aquellos que forman parte de la Mancomunidad. Desconocemos cual es la razón de ello pero el Gobierno de La Rioja no debería admitir un Parque con enclavados y zonas excluidas, debiendo tener continuidad todo el territorio" .