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Consulta Previa: Orden por la que se determinan los procedimientos relativos a las enseñanzas universitarias oficiales, así como de centros, facultades, escuelas e institutos universitarios en La Rioja

Tema: Educación
Localización: La Rioja

El procedimiento para la implantación de las enseñanzas universitarias se reguló mediante Orden 28/2009, de 7 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Si bien, tras la entrada en vigor de los Reales Decretos 640/2021, de 27 de julio y 822/2021, de 28 de septiembre, así como de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, resulta necesario actualizar la regulación de esta materia, completándola con lo relativo a la implantación de centros, facultades, escuelas e institutos universitarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja.24/000298.

Fases del proceso

Diagnóstico breve

Aprobación de una orden que regule la implantación y supresión de las enseñanzas universitarias oficiales, así como de centros, facultades, escuelas e institutos universitarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Propuesta inicial

Con la aprobación de esta nueva orden se actualiza el contenido de la anterior Orden 28/2009, de 7 de octubre, adaptándola a las previsiones de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo. Asimismo, y como novedad, se regula tanto una Comisión de Coordinación Universitaria como la implantación y supresión de centros, facultades, escuelas e institutos universitarios. Con ello, se establece el marco normativo en nuestra Comunidad Autónoma en lo relativo a estas materias.

Objetivos

La orden propuesta tiene como principal crear un marco normativo adecuado y actualizado que permita aportar una mayor seguridad jurídica, tanto a las universidades como a los gestores de los procedimientos de referencia, en la implantación y supresión de enseñanzas universitarias y centros, facultades, escuelas e institutos universitarios.

Alternativas

No se contemplan otras alternativas regulatorias o no regulatorias.

Otras consideraciones

Se valorarán las distintas propuestas que lleguen durante el trámite de consulta previa para considerar su inclusión en el borrador.

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Fecha de publicación:
19/07/2024
Ámbito temporal:
22/07/2024 - 09/08/2024
Fase:
Aportaciones

A diferencia de la fase de audiencia o información pública, en la que se ofrece un borrador de anteproyecto con el articulado completo, la consulta previa pretende que la ciudadanía se pronuncie en abstracto sobre un proyecto normativo que todavía está por elaborar y estructurar.

El objetivo es recabar antes de su elaboración, la opinión de personas y colectivos acerca de la propuesta inicial y los objetivos de dicho proyecto. Es por ello que no se adjunta ningún recurso.


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