Subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales
Regular la concesión de las ayudas previstas en la Orden TES/864/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Requisitos
Beneficiarios
Podrán tener la condición de beneficiarios de las subvenciones recogidas en la presente orden las siguientes entidades, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.c de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero:
a) Las organizaciones a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualquiera de sus fines
b) Las organizaciones empresariales y sindicales representativas en La Rioja en su ámbito sectorial correspondiente, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualquiera de sus fines.
Documentación
Solicitud
Junto a la solicitud, deberá presentarse la siguiente documentación:
a) Memoria proyecto firmado electrónicamente por la persona representante de la entidad, que contendrá la descripción detallada del proyecto a realizar, incluyendo:
- Identificación de la entidad solicitante
- Tipo de proyecto;
- Proyecto para la realización de acciones intersectoriales, o
- Proyecto para la realización de acciones sectoriales
- Sector o sectores a quienes se dirige el proyecto
- Descripción de las acciones que comprenden el proyecto, identificando:
- el tipo de acción, según sea de información, de formación o de promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales
- las líneas prioritarias de actuación alineadas a los objetivos estratégicos según el artículo 6.5 de la presente Orden, con las que se corresponden cada una de aquellas
- los indicadores de seguimiento para cada una de las acciones, que permitan evaluar de manera objetiva y cuantificable los resultados obtenidos en la realización de éstas, tanto de su contenido técnico como de su eficacia, eficiencia y economía. Deberán figurar como indicadores obligatorios; el número de personas usuarias destinatarias que han recibido cada acción subvencionada, su grado de satisfacción con el resultado de la acción y la originalidad de ésta sobre acciones anteriores.
- Cronograma de ejecución de cada una de las acciones
- Presupuesto del proyecto, desglosado por acciones y categoría de gasto subvencionable, identificando, en su caso, la parte cofinanciada por la entidad solicitante con cargo a recursos propios o de terceros
b) Declaración responsable de:
- Que la entidad solicitante no incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- En su caso, poseer las autorizaciones necesarias de las personas cuyos datos se derivan de la solicitud para el tratamiento de los mismos, a efectos de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Si la entidad solicitante ha solicitado o percibido otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales; y en caso afirmativo, expresión de las mismas.
c) Declaración responsable final de la veracidad de los datos aportados y de los documentos que se acompaña.
- Solicitud (50.7 kb)
Cómo tramitarlo
Las solicitudes se presentarán en el impreso normalizado que está a disposicion de los interesados en la dese electrónica, junto a la documentacon indicada en el artículo 9 de la Orden EIE/44/2024, de 1 de julio.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DIAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria anual en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR nº 179, de 16 de septiembre de 2025)
El plazo finaliza el día 14 de octubre de 2025.
Plazo de resolución y notificación
Las solicitudes de subvención se resolverán y notificarán en el plazo de tres meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Servicio de Salud Laboral
Direcciones útiles - Portal del Gobierno de La Rioja
Asistencia técnica para el uso de la plataforma.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órgano competente: Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
- Unidad tramitadora: Servicio de Salud Laboral
Normativa
Orden TES/864/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Orden EIE/44/2024, de 1 de julio, por la que se desarrollan las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Resolución 355/2025, de 12 de septiembre, por la que se convocan las ayudas reguladas en la Orden EIE/44/2024, de 1 de julio, por la que se desarrollan las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: