Gobierno de La Rioja

Notificación sobre la utilización de agentes biológicos de los grupos 2, 3 o 4

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Estan obligadas a realizar este notificación las empresas que utilicen por primera vez agentes biológicos de los grupos establecidos legalmente.

Requisitos

  • Estan obligadas a realizar este notificación las empresas que utilicen por primera vez agentes biológicos de los grupos 2,3 y 4.
  • Asimismo, se notificará, previamente, la utilización por primera vez, de cualquier agente biológico del grupo 4, así como de cualquier nuevo agente biológico que haya sido asmimilado por el empresario al grupo 3.
  • No obstante, a los laboratorios que efectúen servicios de diagnóstico relacionados con agentes biológicos del grupo 4 se les exigirá únicamente la notificación inicial de tal proposito.
  • Se efectuará una nueva notificación siempre que se introduzcan cambios sustanciales en los procesos o procedimientos de trabajo cuyas repercusiones en las condiciones de seguridad y salud invalidan la notificación anterior.

Documentación

Solicitud

La notificación deberá incluir la siguiente información:

  1. Nombre y dirección de la empresa o centro de trabajo.
  2. Nombre y formación de la persona o personas con responsabilidades en materia de prevención en la empresa.
  3. El resultado de la evaluación mencionada en el artículo 4º.
  4. La especie del agente biológico.
  5. Las medidas de prevención y protección previstas.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

La comunicación debe realizarse a la autoridad laboral con carácter previo, con una antelación mínima de TREINTA DIAS.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

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