Registro de Centros Riojanos
Requisitos
Todos los centros riojanos tienen la obligación de inscribirse en el Registro de Centros Riojanos y de comunicar las variaciones que se produzcan en relación con los datos de su inscripción, lo que conlleva la correspondiente modificación en la inscripción. También se inscribirán las federaciones o confederaciones de centros riojanos reconocidas por el Gobierno de La Rioja.
Documentación
Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Certificación del acuerdo válidamente adoptado por la Asamblea General del centro o la federación, que exprese la voluntad de inscribirse en este Registro.
- Certificado que acredite que los centros o federaciones están legalmente constituidos.
- Un ejemplar o copia auténtica de los estatutos o normas constitutivas.
- Nombre y apellidos de los componentes de la Junta Directiva, con indicación de sus cargos y fechas de elección de la Asamblea General.
- Relación de socios cotizantes, con indicación de sus domicilios.
Los solicitantes no tendrán obligación de presentar los documentos referidos en los apartados 2 y 3 anteriores siempre y cuando los datos de estos documentos no hayan variado con respecto a los que obren en poder de la Administración.
- Modelo de solicitud (58.9 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Tanto los centros como las federaciones y confederaciones de centros, deberán solicitar su inscripción en el Registro de Centros Riojanos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha en que esté legalmente reconocido como tal por acuerdo del Consejo de Gobierno.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio competente:
Servicio de Coordinación Administrativa. Consejería de Hacienda y Administración Pública.
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Organismo
- Consejería competente: Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud
- Órgano competente: Dirección General de Cultura
- Unidad tramitadora: Servicio de Cooperación, Retorno, Centros Riojanos
Normativa
Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior.
Decreto 19/2006, de 24 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicableUtilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: