Gobierno de La Rioja

Caza y pesca: permisos de caza mayor y menor para la Reserva Regional y Cotos Sociales

Plazo: En plazo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Concesión de autorización para la celebración de cacerías en rececho de especies de caza mayor, en montes privados y en Reserva Nacional, Coto Social y Coto Nacional.

Requisitos

Expedición

Los permisos para caza mayor y menor para la Reserva Regional y Cotos Sociales son expedidos por la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, en las mismas oficinas indicadas para la tramitación de las licencias.

Adjudicación

La adjudicación de las licencias en cada una de modalidades para las que se dan permisos (caza menor, batidas de jabalí y recechos de corzo y ciervo) se celebra un sorteo público. El orden resultante de este sorteo da derecho a elegir fecha y lugar de los disponibles en esa temporada.

Importe

El importe de los permisos se fraccionará en una cuota de entrada, más unas cuotas complementarias según las capturas.

Los permisos de caza menor y los de batidas, en caza mayor, son a riesgo y ventura. En el caso de los recechos de corzo y ciervo el guarda acompañante indicará al cazador atendiendo a las normas establecidas para esta modalidad.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Consultar en el Servicio competente

Tasas

Hay tasas

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Mª Ester Ruiz de Clavijo Losantos
  • Rosa Mª Lacalle Tricio
  • Teléfono: 941 291253  E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden AGM/36/2025, de 19 de junio, por la que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2025-2026

Orden AGM/37/2025, de 19 de junio, por la que se establecen las normas para la caza mayor en batida, caza en rececho y caza menor en la Reserva Regional de Caza de la Rioja Cameros-Demanda y en los Cotos Sociales de Caza de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2025-2026.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Observaciones:

Las solicitudes para la caza en estos terrenos deben presentarse en la Dirección General de Medio Natural y Paisaje  o en las oficinas del SAC en los impresos facilitados para tal fin durante las siguientes fechas:

CAZA MAYOR

Cotos Sociales y Reserva Regional de Caza de La Rioja Cameros-Demanda:

  • Rececho, entre el 15 de octubre y el 15 de noviembre de 2025.
  • Batidas de caza mayor, 10 días hábiles a partir de la publicación en el BOR de la Orden en la que se establecen las normas de caza en estos terrenos. (BOR: 19/06/2025). Hasta el 3 de julio de 2025.  

CAZA MENOR

  • Reserva Regional de Caza de La Rioja Cameros-Demanda:
    • Para el sorteo de permisos de toda la temporada, el plazo de solicitud será de 15 días hábiles a partir de la publicación en el BOR de la Orden en la que se establecen las normas de caza en estos terrenos. (BOR: 19/06/2025). Hasta el 10 de julio de 2025.
  • Cotos Sociales: 15 días hábiles a partir de la publicación en el BOR de la Orden en la que se establecen las normas de caza en estos terrenos. (BOR: 19/06/2025). Hasta el 10 de julio de 2025.

Otros enlaces:

Más información en la página web del Gobierno de La Rioja: La Caza en La Rioja

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