Gobierno de La Rioja

Comunicación de las Liquidaciones de los Presupuestos de las Entidades Locales

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Remisión de las liquidaciones de las Entidades Locales

Requisitos

Las Liquidaciones de los Presupuestos de las Entidades Locales deberán elaborarse conforme con lo dispuesto en la normativa vigente.

Documentación

Comunicación

La Liquidación del Presupuesto constará de los siguientes documentos:

  • Liquidación del Presupuesto de Gastos
  • Liquidación del Presupuesto de Ingresos
  • Derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre
  • Resultado presupuestario
  • Remanentes de crédito
  • Remanente de tesorería
  • Expediente de tramitación

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año

Otros plazos

Plazo de remisión de la liquidación

Las Entidades Locales remitirán copia de la Liquidación de sus Presupuestos a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma antes de finalizar el mes de marzo del ejercicio siguiente al que corresponda (artículo 193.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Persona de contacto

Servicio de Modernización y Reto Demográfico

  • Francisco Javier Aparicio Soria

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuesto.

Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, modificada por Orden HAP/ 419/2014 de 14 de marzo, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local.

Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

No tiene

Otros enlaces:

Se puede descargar modelo de expedientes de Liquidaciones de las Entidades Locales en www.larioja.org/ayuntamientos

 

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