Gobierno de La Rioja

Viviendas sin expediente administrativo: Solicitud (consultar previamente al Servicio de Vivienda).

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


NO TRAMITAR ESTE PROCEDIMIENTO SIN CONSULTAR PREVIAMENTE CON EL SERVICIO DE VIVIENDA

La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que la vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas en el Decreto 28/2013, de 13 de septiembre y que es apta para ser dedicada a residencia de personas.

PAGO DE LA TASA

En las solicitudes de resolución de habitabilidad de final de obra y de las cédulas de habitabilidad, el pago se llevará a cabo a través de la plataforma de gestión de tasas: Griar tasa

 

Requisitos

Se concederá la cédula de habitabilidad a aquellas viviendas que cumplan las condiciones mínimas recogidas en el anexo II del Decreto 28/2013, de 13 de septiembre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tendrá derecho a  una cédula de habitabilidad ordinaria con 5 años de vigencia.

Documentación

Viviendas sin expediente administrativo. Solicitud de cédula de habitabilidad

1- Si la edificación fue construida con ANTERIORIDAD A 1999:

  • DNI/NIE/NIF del promotor (en caso de no autorizar la consulta del NIF).
  • Título de propiedad del inmueble.
  • Memoria descriptiva y constructiva de la vivienda, anexo II del Decreto 28/2013, de 13 de septiembre y reportaje fotográfico:

Cocina: fregadero y aparato cocinar.

Baño: equipamiento sanitario.

Aparato producción ACS.

Las fachadas: huecos de iluminación y ventilación.

Si la vivienda carece de calefacción por agua: fotografía del cuadro eléctrico.

  • Planos de plantas, alzados y secciones acotados con indicación de la superficie útil de cada una de las estancias y de la situación del equipamiento mínimo de cocina y baño.
  • Certificado en el que se haga constar la Idoneidad estructural del edificio, así como el correcto estado de funcionamiento de las instalaciones comunes del edificio (Este certificado deberá ser emitido por un Arquitecto superior).
  • Certificado o documento que garantice la disponibilidad de suministros de agua, luz y gas.
  • Certificado del Ayuntamiento en el que se haga constar el nombre de la calle y el Número de Policía.
  • TASA a ingresar: 15,27€ por vivienda solicitada. - Código GRIAR 2.18.1.

 

El pago podrá realizarse previamente a través de GRIAR en el siguiente enlace: Griar tasa o con tarjeta bancaria en las dependencias del Gobierno de La Rioja.

2- Si la edificación fue construida con POSTERIORIDAD A 1998, PRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL AYUNTAMIENTO:

  • DNI/NIE/NIF del promotor (en caso de no autorizar la consulta del NIF).
  • Título de propiedad del inmueble.
  • Proyecto de legalización que deberá cumplir la normativa técnica vigente en el momento de su construcción.
  • Certificado en el que se haga constar la Idoneidad estructural del edificio, así como el correcto estado de funcionamiento de las instalaciones comunes del edificio y el cumplimiento de las condiciones mínimas de habitabilidad del anexo II del decreto 28/2013, de 13 de septiembre. (Este certificado deberá ser emitido por un Arquitecto superior).
  • Certificado o documento que garantice la disponibilidad de suministros de agua, luz y gas.
  • Licencia de Primera Ocupación emitida por el ayuntamiento.
  • Certificado del Ayuntamiento en el que se haga constar el nombre de la calle y el Número de Policía.
  • TASA a ingresar: 15,27€ por vivienda solicitada. -Código GRIAR 2.18.1.

 

El pago podrá realizarse previamente a través de GRIAR en el siguiente enlace: Griar tasa o con tarjeta bancaria en las dependencias del Gobierno de La Rioja.

 

                  

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

  • La Oficina de Registro del órgano competente sita en Marqués de Murrieta, 76
  • Oficinas de registro

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año

Tasas

2.18.1. Cédulas de habitabilidad / Concesión de Cédulas de Habitabilidad para viviendas en primera ocupación, siendo necesaria la supervisión de proyectos

 "Tasa cédulas" y "dirección de la vivienda"

Importe: 15,27 € Pagar


Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Ana Isabel Berges Martínez
  • Inmacula Soto
  • Alicia Tamayo Ruiz-Carrillo

Correo electrónico

  • Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Asistencia técnica

    • Israel López García
    • Angélica González Gil
    • Carmen Subero Lafuente

Organismo

Normativa

Decreto 28/2013, de 13 de septiembre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Recurso que procede:

Alzada

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