Gobierno de La Rioja

Beca para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Concesión de una beca para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea.

Requisitos

Requisitos de los solicitantes

1. Las personas solicitantes de esta beca deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
  2. Estar empadronada en un municipio situado en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Este requisito no se exigirá: a) Si la persona solicitante hubiera obtenido el título considerado en el apartado 1.c. de este mismo artículo en la Universidad de La Rioja. b) Si la persona solicitante se hallara inscrito en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero con provincia de referencia La Rioja. c) Si la persona solicitante fuera socia de un Centro Riojano, en el momento de publicación de esta orden y se acredite tal extremo mediante certificado expedido por el secretario del Centro Riojano con el Visto bueno del Presidente.
  3. Estar en posesión del título de Licenciatura, Ingeniería o Grado, habiéndolo obtenido en los últimos 5 años anteriores a contar desde el momento de la publicación de la convocatoria, siempre que la duración de la titulación haya sido igual o superior a 4 años o que el plan de estudios tuviera al menos 240 Créditos. También podrán concurrir quienes hubieran obtenido el título de Doctorado o Máster Universitario en los últimos dos años. Los títulos oficiales de educación superior cursados en universidades o instituciones de educación superior ubicadas en el extranjero o de títulos extranjeros de educación superior cuyas enseñanzas hayan sido cursadas total o parcialmente en España en centros debidamente autorizados por las administraciones españolas competentes deberán estar homologados por el ministerio español competente en materia de educación.
  4. Acreditar un nivel de conocimiento de inglés o francés de, al menos, un C1.
  5. No haber disfrutado ni estar disfrutando de ninguna otra beca para una finalidad similar convocada por organismos o entidades de carácter público o privado.
  6. Estar en situación de desempleo en el momento de presentar la solicitud y en el momento de inicio de la beca.
  7. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
  8. No hallarse incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones

 

Duración y lugar de realización de las prácticas

Las becas tendrán una duración máxima de doce meses ininterrumpidos, contados desde la incorporación de la persona becaria.

Los lugares de realización de las prácticas serán la sede de la Dirección General competente en materia de Unión Europea , en Logroño y Bruselas

Cuantía económica

1. El importe mensual de cada beca será de 1.100 euros brutos que se abonará a mes vencido, previo informe favorable emitido por el Tutor. Dicho importe se incrementará en 600 euros brutos al mes en concepto de plus de transporte y residencia durante el desarrollo de las prácticas en la Oficina de Bruselas, que igualmente estará sujeto al informe favorable emitido por el Tutor.

2. Estas cantidades estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Asimismo, cada beca estará sujeta al régimen de cotización establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

3. En caso de producirse renuncia por parte de la persona beneficiaria o la imposibilidad de continuar las prácticas por causa no imputable a la misma, ésta percibirá la cuantía correspondiente al tiempo efectivo de la realización de las prácticas.

4. La persona becaria deberá contar con un seguro que incluya como mínimo las coberturas de asistencia sanitaria o de accidentes y repatriación, así como la responsabilidad civil.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

La solicitud se acompañará de la siguiente documentación

  1. Currículum Vitae del solicitante en español, según modelo Europass (http://www.europass.cedefop.europa.eu/es), que deberá incluir todos los elementos que son objeto de valoración según el artículo 7.a) y b) de la presente Orden.
  2. Declaración responsable de no haber disfrutado ni estar disfrutando de ninguna beca para una finalidad similar convocada por organismos o entidades tanto de carácter público como privado y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública. Esta declaración responsable está incluida dentro de la solicitud.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 17 de julio de 2024)

El plazo comienza el 18 de julio y finaliza el 18 de agosto de 2024, ambos incluidos.

Plazo de resolución y notificación

La beca deberá resolverse y publicarse en el Boletín Oficial de La Rioja en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la correspondiente convocatoria. El vencimiento de dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa al efecto legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • María López Sáez
  • Margarita Díez Grenabuena

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden HAP/38/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea

Resolución 1080/2024, de 11 de julio, por la que se convocan una para la formación de especialista en asuntos relacionados con la Unión Europea (Resolución íntegra)

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

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