Gobierno de La Rioja

Ayudas a proyectos piloto y emblemáticos para el reto demográfico

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Se consideran proyectos piloto para la dinamización del medio rural cualquier proyecto que se desarrolle en un municipio de La Rioja con una población inferior a 5.000 habitantes y que se encuadre en alguna de las siguientes categorías:

  • Proyecto productivo: aquel que se dirija a la producción de bienes o servicios comercializados o que puedan comercializarse, tanto si se trata de un proyecto nuevo como de la ampliación, traslado o modernización de uno existente.
  • Proyecto no productivo: aquel que se lleve a cabo por una entidad local y se oriente al establecimiento de las condiciones necesarias para la generación posterior de proyectos destinados a fomentar el desarrollo económico y/o social del municipio o municipios de la zona.

En todo caso deberá tratarse de un proyecto que no haya recibido anteriormente una subvención de las reguladas en la presente orden.

Requisitos

Beneficiarios

Cualquier persona física o jurídica de naturaleza pública o privada que cumpla los siguientes requisitos establecidos en la Orden ATP/25/2021:

- Que desarrolle un proyecto piloto para la dinamización del medio rural (art. 2.d)

- Que presente un plan de difusión (art. 2.f)

- Que cuente con al menos dos agentes cooperadores (art. 2.e)

- Que presente una memoria técnica con los contenidos fijados en el Anexo III.

- Que cumpla los requisitos establecidos para ser beneficiario de subvenciones públicas en el art. 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del Régimen Jurídico de las Subvenciones en el Sector Público de la CAR.

Cuantía de la ayuda

80% de los gastos subvencionables del proyecto, hasta un límite de inversión de 100.000 euros/proyecto.
Cada solicitante puede presentar 2 proyectos en esta convocatoria.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Las solicitudes para la concesión de ayudas serán presentadas de acuerdo al modelo del Anexo I y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Ficha de alta de terceros, excepto si obra en poder de la administración y no ha sufrido modificación alguna.
  2. Documento de compromiso de los agentes cooperadores, según anexo II de la Orden ATP/25/2021.
  3. Memoria técnica, que deberá tener el contenido del anexo III de la Orden.
  4. Memoria económica, con el contenido y formato señalado en el anexo IV de la Orden, acompañado del presupuesto en formato Excel.
  5. Certificado de la AEAT de no compensación o recuperación de IVA, en caso de encontrarse en esa situación.
  6. Cronograma de ejecución, teniendo en cuenta las fechas límite de justificación establecidas en la convocatoria.
  7. Hoja de compromisos firmada, según el modelo del anexo VII de la Orden.
  8. Plan de difusión.

Cómo tramitarlo

Las solicitudes se deben presentar electrónicamente desde el botón Tramitar (en la parte superior de esta misma página), tal y como establece el art. 5.2 de la Orden ATP/25/2021.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 26 de agosto y finalizará el 30 de septiembre de 2025 (inclusive).

Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de cuatro meses contados desde la finalización del período de solicitud de la presente convocatoria.

El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud de subvención.

Otros plazos

Las acciones previstas deberán realizarse, notificarse y acreditar el gasto realizado hasta el 15 de noviembre de 2026.

 

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones.

Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio de Modernización y Reto Demográfico 

  • Contacto: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Manuela López Aguayo: 31274 
  • Juan Antonio Elguea Blanco: 33136

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden ATP/25/2021, de 26 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a proyectos piloto y emblemáticos para la dinamización del medio rural ante el reto demográfico y la despoblación (modificada por la Orden ATP/43/2025, de 16 de julio)

Resolución 952/2025, de 20 de agosto, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, por la que se aprueba la convocatoria pública 2026 de las ayudas a los proyectos piloto y emblemáticos para el reto demográfico en La Rioja.

Extracto de la convocatoria BOR

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

Observaciones:

 

 

 

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