Solicitud Inscripción Cuentas Anuales Fundación
Remisión al Protectorado de Fundaciones de las cuentas anuales aprobadas por el patronato, el inventario patrimonial de la fundación y, en su caso, el informe de auditoría.
Requisitos
Se enviará en el plazo de 30 días desde su aprobación, y en el plazo de seis meses desde la finalización de cada ejercicio.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Solicitud de inscripción en el Registro de las cuentas anuales del ejercicio correspondiente de la Fundación
- Solicitud (88.4 kb)
- Balance de situación y cuenta de resultados (79 kb)
- Balance de situación y Cuenta de resultados abreviado (59 kb)
- Memoria de actividades y de gestión económica e inventario (617 kb)
- Memoria de actividades y de gestión económica abreviada (480 kb)
- Certificado de aprobación por el Patronato (28 kb)
- Relación de patronos asistentes a la reunión de aprobación (30.5 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se deberá realizar:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Deberán remitirse al Protectorado en el plazo de 30 días desde su aprobación. El patronato deberá aprobar las cuentas anuales en el plazo de 6 meses desde la finalización de cada ejercicio.
Plazo de resolución y notificación
El Protectorado adoptará resolución expresa y notificará en el plazo de tres meses a partir del siguiente a la recepción de la solicitud.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
David Hernández 941291100 ext 33305
Julia Ibáñez 941294052
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud y Políticas Sociales
- Órgano competente: Dirección General de Justicia e Interior
- Unidad tramitadora: Servicio de Interior
- Cargo que resuelve: Directora General de Justicia e Interior
Normativa
Ley 1/2007, de 12 de febrero, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Más información
Otros Impresos
- Información sobre las cuentas (37.5 kb)
Sentido de silencio (silencio administrativo):
PositivoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Los actos del Protectorado ponen fin a la vía administrativa y serán impugnables ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: