Gobierno de La Rioja

Procedimiento de reconocimiento de responsabilidad de sanciones en el orden social

Plazo: Sujeto a plazos
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Procedimiento para reducción de la cuantia de la sanción impuesta por infracción en el orden social, por reconocimiento de responsabilidad del infractor y pronto pago.

La efectividad de las citadas reducciones estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa.

El importe de la sanción notificada se verá reducida en un 40%. No se puede utilizar este procedimiento si se imponen junto con la sanción principal, sanciones accesorias.

Requisitos

  1. La notificación de la apertura de un expediente sancionador por una infracción administrativa en el orden social derivada de un acta de infracción levantada por Inspección de Trabajo.
  2. El responsable debe proceder al pago de la sanción propuesta en el acta con carácter previo a la resolución, en el plazo establecido al efecto, y renunciar al ejercicio de cualquier acción, alegación o recurso en vía administrativa, con el fin de que se le aplique la reducción del 40 por ciento en la cuantía de la misma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.6 del  Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Acreditación de la representación.

Justificante de pago de la sanción.

Cómo tramitarlo

Obtención del modelo

Puede obtener el Modelo de reducción del importe de la sanción por reconocimiento de responsabilidad del infractor.

De forma presencial : En el Servicio de Diálogo social, Relaciones laborales y Economía Social, Sección de Infracciones y Sanciones. C/ Hermanos Hircio nº 5, 26071, Logroño (La Rioja), donde asimismo puede presentarse.

De forma electrónica: Se puede descargar el impreso en la siguiente dirección web: https://www.larioja.org/relaciones-laborales/es/informacion-laboral/sanciones

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Se advierte a la empresa que podrá presentar escrito de reconocimiento de responsabilidad y pronto pago en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde el día siguiente a aquel en que se le notifique el acta de infracción.

Plazo de resolución y notificación

6 meses desde el levantamiento del acta de infracción para dictar resolución de finalización del procedimiento.
Plazo para ingresar la cantidad notificada tras la aplicación de las reducciones pertinentes, 10 días hábiles.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Sección de infracciones y Sanciones

Teléfono: 941.29.15.45

Asistencia técnica: 941298885

Organismo

FAQ (Preguntas frecuentes)

¿Cuál es el siguiente trámite después de presentar el modelo de reconocimiento de responsabilidad?

Recibirá un oficio y un documento adjunto en el que constará la cantidad a ingresar, una vez aplicada la reducción pertinente, el número de cuenta y el expediente al que corresponde. El plazo para el ingreso de la cantidad notificada será de 10 días hábiles desde la notificación del citado oficio.

¿Que sucede si no ingreso la cantidad pertinente en el plazo de 10 días hábiles?

Que se continuará con el procedimiento habitual, es decir, sin reducciones.

 

Normativa

Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable
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