Gobierno de La Rioja

Autorización para el uso de la Sala Gonzalo de Berceo

Plazo: Sujeto a plazos
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Solicitar la Sala Gonzalo de Berceo, sala que la Dirección General de Cultura pone a disposición del público para que asociaciones, particulares y otras entidades realicen actos de interés cultural y/o recreativo, como pueden ser conferencias, representaciones teatrales, conciertos, espectáculos de danza, proyecciones cinematográficas y todos aquellos eventos que requieran un espacio escénico de pequeño formato para un público reducido.

Requisitos

  • Conocimiento y observancia en el cumplimiento de las Normas establecidas para la utilización de la Sala
  • No se atenderán ni se tramitarán aquellas solicitudes que no vengan acompañadas de imagen, según normas establecidas; certificado de derechos de exhibición (si procede); información de datos bancarios o aquellas solicitudes incompletas o mal cumplimentadas

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Solicitud

   Importante

No se atenderán ni se tramitarán aquellas solicitudes que no vengan acompañadas de imagen, según normas establecidas; certificado de derechos de exhibición (si procede); información de datos bancarios o aquellas solicitudes incompletas o mal cumplimentadas

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Se debe solicitar la Sala con un mes de antelación a su requerimiento.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Esther Melón Gorrachategui ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. )

Organismo

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Alzada

Con esta Resolución se pone fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados realizar las siguientes acciones, a contar desde el día siguiente a su notificación:

- Interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en el plazo de tres meses, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, o bien

- Interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa.

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