Gobierno de La Rioja

Registro de cursos de formación y capacitación agraria (CUR)

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado Electrónico con clave concertada


En este registro figura la formación realizada por los titulares de explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Aquella formación de carácter oficial, relaciona con la actividad agraria y que no sea objeto de inscripción de oficio, podrá inscribirse en este registro.

Requisitos

Para inscribir en el Registro la formación de carácter oficial, relacionada con la actividad agraria y que no sea objeto de inscripción de oficio, bastará con presentar una solicitud dirigida al órgano competente, acompañada de la documentación que acredite la superación de la misma.

A efectos de este Registro se considerará formación de carácter oficial:

  • Los Títulos Universitarios del Ministerio de Universidades.
  • Los Títulos No Universitarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Los cursos de formación que estime el órgano competente para su incorporación al Registro de explotaciones agrarias de la comunidad autónoma de La Rioja.

 

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Junto a la solicitud se debe adjuntar la siguiente documentación:

  • Relación de los cursos realizados (Anexo I)
  • Acreditación de la representación
  • NIF del titular en el caso de no autorizar en la solicitud a la verificación y consulta de identidad de la DGP, a través del Servicio de Verificación y Consulta de Datos SCPS: Plataforma de Intermediación.
  • Documento que acredite la superación de la formación.
    Cuando se trate de Títulos Universitarios del Ministerio de Universidades y/o Títulos No Universitarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional, los interesados podrán autorizar en la solicitud a su consulta a través de los Servicios de Verificación y Consulta de datos SCPS: Plataforma de Intermediación.

 

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se puede realizar:

- De forma electrónica desde el botón Tramitar (en la parte superior de esta misma página)

Artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados.

- De forma presencial a través de:

  • La Sección de Registro de Explotaciones Agrarias (Edificio de La Bene, c/Marqués de Murrieta 76 de Logroño). Para ser atendido por un técnico de la Sección deberá solicitar cita previa.

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano.

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Durante todo el año.

 

 

Plazo de resolución y notificación

3 meses

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Amaya González González-Cuevas
  • Ana San Bruno

 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Decreto 16/2019, de 10 de mayo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Observaciones:

Más información: Registro de Explotaciones Agrarias

 

Otros enlaces:

Títulos universitarios oficiales (Ministerio de Universidades)

Títulos no universitarios oficiales (Ministerio de Educación y Formación Profesional)

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