Gobierno de La Rioja

Medidas para el alumnado de incorporación tardía al sistema educativo (ITSE)

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Objeto: atención al alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de la incorporación tardía al sistema educativo español con graves carencias lingüísticas en español.

Están dirigidas a alumnado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tipos de medidas:

  • Materiales y licencias para el aprendizaje del español.
  • Aula temporal de adquisición lingüística básica.
  • Desarrollar actividades y/o contratar servicios con asociaciones o entidades locales que favorezcan la inclusión socioeducativa de este alumnado en el centro educativo y en el entorno.
  • Desarrollar actividades y/o contratar servicios con asociaciones o entidades locales que favorezcan la comunicación y la integración de los progenitores o personas que ejerzan la tutoría legal en la comunidad educativa, conectándolas con los recursos del entorno.

Requisitos

Requisitos:

Alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de incorporación tardía al sistema educativo con graves carencias lingüísticas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Aula temporal de adquisición lingüística básica

Destinatarios: 

Aumnado que se escolarice por primera vez en el sistema educativo.

El alumnado no podrá estar más de dos años en el aula desde la incorporación a un centro educativo de La Rioja.

Ratios: mínimo cinco o más alumnos o alumnas.

Horas lectivas máximas semanales de atención en el aula:

  • Diez horas en Educación Primaria.
  • Quince horas en Educación Secundaria.

Al término del curso escolar, el profesorado del aula realizará un informe final individualizado.

Plazo remisión memoria final (Documento IV-ITSE): antes del 30 de junio de cada curso escolar.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Solicitudes:

  • Petición de materiales y licencias para el aprendizaje del español (Documento I-ITSE).
  • Aula temporal de adquisición lingüística básica (Documento II-ITSE).

Aula temporal de adquisición lingüística básica

Junto con la solicitud, deberán presentar la programación del aula (Documento III-ITSE). 

Los centros educativos concertados deberán solicitar simultáneamente la modificación del concierto educativo.

Los centros que tienen autorizada el aula temporal de adquisición lingüística básica y deseen su continuación, deberán remitir anualmente:

  • Listado actualizado del alumnado que participa en la misma (Documento V-ITSE),
  • Programación anual del curso (Documento III-ITSE).

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo solicitud de todas las medidas: todo el curso escolar.

Otros plazos

Plazo remisión memoria final (Documento IV-ITSE) del aula temporal de adquisición lingüística básica: antes del 30 de junio de cada curso escolar.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Natalia Sicilia Oña. Ext. 33942
  • María José Oros Gorrochategui. Ext. 35361
  • Manuel López Martínez. Ext. 31144
  • Vanesa Sáenz Alesanco. Ext. 35371
  • Irene Asensio Pérez. Ext. 31658

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Resolución 24/2005, de 9 de mayo, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se aprueban las instrucciones que regulan los Programas de Atención Educativa a las diferencias individuales del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a partir del curso 2025/2026

Más información

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