Programa de Aulas para la inclusión socio-educativa (Programa Apise)
Objeto:
Atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que manifieste graves dificultades de adaptación al sistema educativo.
Finalidad:
Proporcionar vías alternativas que favorezcan la permanencia en el sistema educativo del alumnado con historial de absentismo o con riesgo de abandono escolar temprano y/o exclusión social, baja motivación escolar, dificultades graves de adaptación o problemas graves de conducta.
Destinatarios:
Alumnado escolarizado en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, con historial de absentismo y/o riesgo de abandono escolar temprano y/o exclusión social, baja motivación escolar, dificultades graves de adaptación o problemas graves de conducta.
Requisitos
Requisitos:
Alumnado que, habiendo cursado el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria, tenga 13 años cumplidos en el año natural de inicio del programa, hasta aquel que, al finalizar el curso académico, cumpla 16 años.
No serán destinatarios de este programa:
El alumnado que presente necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad intelectual o trastorno del espectro autista.
La decisión de un centro educativo de incorporar a un alumno o alumna a este Programa tiene validez solamente para ese centro.
Ratios: de seis a diez alumnos o alumnas. Excepcionalmente podrá ampliarse hasta en un 10%.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Solicitud:
- Solicitud (Documento I-APISE).
-
Conformidad de incorporación al programa y aceptación de compromisos de colaboración e intervención de los progenitores o tutores legales (Documento II-APISE).
- Consentimiento informado para recabar, tratar e intercambiar datos personales en la evaluación e intervención del programa (Documento III-APISE).
- Modelo de programación de aula (Documento IV-APISE).
- Acta del claustro en la que conste la aprobación del Programa por parte de un 60 % o más del mismo.
- Consejos orientadores de todo el alumnado propuesto para el programa.
Plazo: 14 de octubre del curso escolar.
Continuidad:
Aquellos centros educativos que ya disponen de la autorización para impartir el programa y quieran continuar con el mismo, deberán remitir anualmente antes del 30 de septiembre del curso escolar correspondiente:
- Propuesta razonada del equipo docente del grupo en que está escolarizado el alumno o alumna, en la que se indicarán los motivos por los que se considera que esta medida es la más adecuada para su proceso de aprendizaje, así como las medidas de atención a la diversidad aplicadas previamente.
- Informe individualizado en el que consten datos de absentismo, partes de comportamiento disruptivo, agresiones, faltas de respeto y otras.
- Valoración del contexto socio-familiar.
- Conformidad firmada por los progenitores o personas que ejerzan la tutoría legal para su incorporación al programa (Documento II-APISE).
- Consentimiento firmado por los progenitores o personas que ejerzan la tutoría legal para el intercambio de información entre otros profesionales y los de las aula (Documento III-APISE).
- 11. APISE Doc I Solicitud (34.8 kb)
- 11. APISE Doc II Conformidad tutores legales (36.5 kb)
- 11. APISE Doc III Consentimiento recabar datos personales (36.7 kb)
- 11. APISE Doc IV Programación (34.7 kb)
- 11. APISE Doc V Documento Plan Trabajo (34.1 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Del 20 de mayo de 2025 al 14 de octubre de 2025.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Natalia Alonso Angulo. Ext. 31673
- Natalia Sicilia Oña. Ext. 33942
- Ana Belén Gomez Revuelto. Ext. 31152
- Vanesa Sáenz Alesanco. Ext. 35371
- Irene Asensio Pérez. Ext. 31658
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa
- Unidad tramitadora: Servicio de Atención a la Diversidad
- Cargo que resuelve: Director General de Innovación y Ordenación Educativa
Normativa
Resolución 44/2024, de 24 de junio, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa por la que se regula el Programa de Aulas para la inclusión socio-educativa de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que manifieste graves dificultades de adaptación al sistema educativo en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en centros públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso académico 2024/2025
Resolución 24/2025, de 9 de mayo, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se aprueban las instrucciones que regulan los Programas de Atención Educativa a las diferencias individuales del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a partir del curso 2025/2026
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicableRecurso que procede:
Alzada
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: