Gobierno de La Rioja

Programa de Aulas terapéutico-educativas (ATE)

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Objeto:

Atender al alumnado con un diagnóstico de trastorno mental o trastorno del comportamiento en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Finalidad:

Ofrecer una respuesta especializada que facilite su adaptación al contexto socioeducativo, mejorar su desarrollo personal para alcanzar el éxito educativo.

 

Requisitos

Requisitos destinatarios:

  • Estar escolarizado en las etapas obligatorias de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. Excepcionalmente, podrá incorporarse alumnado escolarizado en el tercer curso del segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil.
  • Tener un diagnóstico clínico de trastorno mental o del comportamiento.
  • Estar dado de alta en la plataforma de gestión educativa RACIMA como alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de graves trastorno de personalidad.
  • Haber agotado todas las medidas educativas no resultando favorables a su evolución y adaptación al contexto socioeducativo y a su desarrollo personal.

No será destinatario, el alumnado:

  • con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad intelectual o trastorno del espectro autista que por el grado de intensidad de apoyos que requieran le impidan beneficiarse del programa.

  • con diagnóstico clínico derivado de abuso de sustancias.
  • con necesidades educativas especiales derivadas de graves trastorno de personalidad que se consideren destinatarios de otras medidas de atención a las diferencias individuales.

Ratios: mínimo cinco estudiantes por grupo.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Solicitud:

Deberán presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud (Documento I-ATE).
  • Informe de evaluación psicopedagógica, en el que se incluirán las medidas tomadas con el alumno o la alumna.
  • Evaluación de la competencia curricular del alumnado en todas las materias. 
  • Informe clínico de la Unidad de Salud Mental Infanto-Juvenil o informe psiquiátrico donde conste su valoración diagnóstica. 
  • Conformidad escrita de los progenitores o personas que ejercen la tutoría legal del alumnado y compromiso de colaboración e intervención con el centro (Documento II-ATE).
  • Consentimiento informado para recabar, tratar e intercambiar datos personales en la evaluación e intervención del Programa de Aula Terapéutico Educativa (Documento III-ATE). 

Los centros privados concertados solicitarán, a su vez, la modificación del concierto educativo.

Fecha límite incorporación alumnado: 15 de octubre del curso académicoExcepcionalmente, se incorporarán fuera de plazo, cuando existan indicadores de riesgo para el alumnado destinatario de la medida.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará De forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

 Servicio competente

  • Natalia Sicilia Oña. Ext. 33942
  • Ana Belén Gómez Revuelto. Ext. 31152
  • Vanesa Sáenz Alesanco. Ext. 35371
  • Irene Asensio Pérez. Ext. 31658

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Resolución 43/2024, de 19 de junio, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se regula el Programa de Aulas terapéutico-educativas en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2024-2025

Resolución 24/2025, de 9 de mayo, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se aprueban las instrucciones que regulan los Programas de Atención Educativa a las diferencias individuales del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a partir del curso 2025/2026

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Recurso que procede:

Alzada

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