Gobierno de La Rioja

Comunicado de Licencia de Primera Ocupación

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Comunicación de Licencia de Primera Ocupación

 

Requisitos

 Ley 2/2007, de 1 de marzo, de Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

 

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Oficio del Ayuntamiento, al que deberá adjuntar:

1.Licencia de Primera Ocupación.

2.Expediente del proyecto.

Cómo tramitarlo

De forma electrónica desde el botón Tramitar

Artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Información y consultas

Israel López García            Jefe de Sección de Vivienda y Calidad en la edificación      33215

Ana Isabel Berges Martínez       Ayudante Administrativo          33612

 

 

Organismo

Normativa

Ley 2/2007, de 1 de marzo, Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

No tiene

Observaciones:

 

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 47% de las personas esto les resultó útil.
Subir