Gobierno de La Rioja

Subvenciones para el desarrollo de actuaciones de internacionalización

Plazo: En plazo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado Electrónico con clave concertada


El objeto es regular la concesión de ayudas por parte de la Consejería competente en materia de internacionalización regional para el desarrollo y ejecución de las actuaciones colectivas contempladas en los sucesivos Planes de Internacionalización de La Rioja, con la finalidad de incentivar y estimular el comercio exterior riojano y la internacionalización de las empresas riojanas y Agentes de la internacionalización, según el artículo 1 de la Orden EIE/29/2025, de 14 de mayo.

Requisitos

Para ser Entidad beneficiaria de estas ayudas deben cumplirse los requisitos y obligaciones establecidas en el artículo 9 de la Orden EIE/29/2025, de 14 de mayo.

 

Documentación

Solicitud de Entidad beneficiaria

La solicitud para ser Entidad beneficiaria deberá venir acompañada de la siguiente documentación (Art. 10 de la Orden EIE/29/2025 y Art. Sexto.3 de la Resolución nº 458/2026, de 27 de octubre):

  1. Anexo II de la Orden. Solicitud para ser entidad beneficiaria.
  2. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización (en Anexo II) para su comprobación por parte del centro gestor de las ayudas.
  3. Declaración responsable de minimis de cada una de las entidades solicitantes, de acuerdo con el modelo del Anexo III de esta Orden.
  4. Declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) (Anexo V de la Orden), en su caso.
  5. Documento de compromiso de participación y aceptación de condiciones (Anexo I de la Resolución nº 458/2026, de 27 de octubre).
  6. Declaración responsable de la empresa perteneciente al Sector de La Rioja según la Línea de Actuación a la que solicita ayuda (Anexo II de la Resolución nº 458/2026, de 27 de octubre).

Toda la documentación debe ser presentada a través de esta Oficina Virtual directamente al centro gestor de las ayudas.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica por la entidades que deseen ser beneficiarias de estas ayudas reguladas en la Orden EIE/29/2025, de 14 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de internacionalización llevadas a cabo por los agentes de la internacionalización de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en régimen de concesión directa.

Ver sujetos obligados

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes para ser Entidad beneficiaria será de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria en el BOR:

Fecha de inicio: 4 de Noviembre de 2026

Fecha fin: 3 de diciembre de 2026

 

 

Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria.

Transcurrido el citado plazo sin que se haya notificado la resolución, la solicitud podrá entenderse desestimada, conforme a lo indicado en el artículo 184.3 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Leyre Barco Escribano
  • Nerea Hierro Malo

Organismo

FAQ (Preguntas frecuentes)

 

 

 

Normativa

Orden HGS/63/2024, de 4 de septiembre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Orden EIE/29/2025, de 14 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de internacionalización llevadas a cabo por los Agentes de la Internacionalización de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en régimen de concesión directa

Resolución 458/2026, de 27 de octubre, convocan las subvenciones para la participación colectiva en diferentes misiones empresariales directas del desarrollo anual 2026 del Plan de Internacionalización, en el marco de la Orden EIE/29/2025, de 14 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de internacionalización llevadas a cabo por los Agentes de la internacionalización de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en régimen de concesión directa

Resolución 458/2026, de 27 de octubre, Extracto de la Resolución de convocatoria

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, contra dicha resolución de concesión cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

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