Gobierno de La Rioja

Subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de arte y educación

Plazo: Próximo plazo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Desarrollo de proyectos de Arte y Educación en la Comunidad Autónoma de La Rioja, mediante la financiación de los gastos corrientes, para financiar una tipología muy variada de actuaciones a realizar en centros de educación, tanto por entidades públicas o privadas, con el objetivo de promover la colaboración entre agentes artísticos y culturales y centros educativos.

Requisitos

Entidades beneficiarias

Entidades privadas con ánimo de lucro, incluyendo la entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, así como los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Actividades y gastos subvencionables

Se subvencionarán aquellos proyectos que promuevan la colaboración entre agentes artísticos y culturales y centros educativos con el fin de incorporar e integrar los lenguajes, prácticas y metodologías artísticas en los procesos de aprendizaje en la escuela de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en particular, las siguientes:

 - Proyectos que se desarrollen en centros de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Ciclos formativos de Grado Básico, Medio y Superior y Bachillerato, así como en centros de Educación especial.

 - Proyectos que incorporen cualquier disciplina artística con una conexión curricular evidente y en horario lectivo.

 - Proyectos de residencias artísticas que planteen una mediación cultural entre estos artistas y las necesidades del centro educativo y docentes.

 - Proyectos que promuevan redes de colaboración entre centros educativos e instituciones y agentes culturales de su entorno.

 - Proyectos que generen recursos educativos sostenibles y que funcionen como kits/cajas de herramientas artístico-educativos.

 - Proyectos que favorezcan la cooperación de la comunidad educativa y el aprendizaje servicio (APS) a través de las prácticas artísticas.

 - Proyectos que favorezcan el uso de los centros educativos como dinamizadores de la vida cultural del entorno. 

Cuantía

La cuantía de estas subvenciones, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrá ser inferior a 10.000 euros, ni superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, pudiendo alcanzar una cuantía máxima de 25.000 euros.

Independientemente del coste total de la propuesta presentada, el importe mínimo de los gastos subvencionables deberá ascender a 25.000 euros y el máximo a tener en cuenta será de 31.250 euros. 

Documentación

Solicitud

Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud, que deberá incluir la siguiente documentación:

  1. Solicitud ajustada al modelo oficial. Hay un modelo si se utiliza firma electrónica de representante de persona jurídica y otro modelo si se utiliza firma electrónica de persona física.
  2. Memoria de la intervención para la que se solicita la subvención.
  3. Presupuestos detallados, tanto de los ingresos previstos para financiar las intervenciones, como de los gastos que generen. 
  4. Compromiso del peticionario de cubrir la diferencia entre el coste de las intervenciones y la cantidad que, en su caso, se conceda.
  5. Declaración responsable, de conformidad con los artículos 25 y 26 del Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  6. Declaración responsable de los impuestos indirectos que sean susceptibles de recuperación o compensación.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará exlcusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (desde el botón Tramitar).

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de cinco días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 5 de diciembre de 2025)

El plazo comienza el 9 de diciembre de 2025 y finaliza el 15 de diciembre de 2025 (ambos incluidos).

Plazo de resolución y notificación

Antes del 31 de diciembre de 2025. De no recaer en dicho plazo, la solicitud se entenderá desestimada.

Otros plazos

El plazo de adquisición del equipamiento que podrá ser subvencionado, será el comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 23 de junio de 2026.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará el 15 de julio de 2026.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Alberto Alonso Marrón

Sara San Andrés Sagredo

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden CTD/72/2025, de 11 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de arte y educación en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Resolución 238/2025, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de arte y educación en la CAR, dirigidas a entidades privadas con ánimo de lucro y profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Texto íntegro)

Extracto BOR de la convocatoria 2025

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

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