Solicitud de certificado de obtención de títulos oficiales no universitarios.
La solicitud de una persona particular para que se expida un CERTIFICADO en el que se declare por parte de la Dirección General competente que la persona interesada tiene registrado a su nombre uno o más títulos académicos no universitarios en el Registro Autonómico/Nacional de Títulos no universitarios, surge como necesidad ante la pérdida o sustracción de dichos títulos cuando sea necesario su justificación ante instancias administrativas o laborales.
Requisitos
Los requisitos para la solicitud del CERTIFICADO* de obtención de títulos académicos no universitarios son:
- Haber obtenido el título del que se solicita su certificación.
- Presentar el formulario asociado a la solicitud.
- Presentar la documentación que justifique el pago de las tasas asociadas a su expedición.
- Justificar la reducción en el pago de la tasa si concurre el hecho de ser Familia Numerosa.
*Antes de registrar la solicitud, se aconseja ponerse en contacto con el Servicio de Ordenación Educativa (941 29 11 00 - ext: 35384, 35370) para la comprobación del registro del título del que se solicita su certificación.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
- Solicitud de Certificado de Títulos Académicos y Profesionales
- Justificante de abono de la Tasa 3.18: deben rellenarse todos los campos, realizando la autoliquidación según la tarifa normal o general/especial por Familia Numerosa.
- Formulario de Solicitud del Certificado. (37.2 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- Preferentemente en la Oficina de Títulos del Servicio de Ordenación Educativa
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año.
Plazo de resolución y notificación
Una vez recibida la solicitud y comprobados los datos, siendo estos correctos, se expedirá el certificado en un plazo de QUINCE días desde su recepción.Tasas
Expedición de Títulos académicos y profesionales / Certificados de obtención de títulos oficiales no universitarios: / Tarifa normal
Certificados de obtención de títulos oficiales no universitarios:Tarifa Normal
Importe: 4,19 € Pagar
Expedición de Títulos académicos y profesionales / Certificados de obtención de títulos oficiales no universitarios: / Familia numerosa de categoría general
Certificados de obtención de títulos oficiales no universitarios: / Familia numerosa de categoría general
Importe: 2,09 € Pagar
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Ordenación Educativa - 941 29 11 00
- Olga Bellido Romanos - Ext: 35370
- María Sonia López Jiménez - Ext: 35384
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa
- Unidad tramitadora: Servicio de Ordenación Educativa
Normativa
Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos y certificaciones académicas y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Decreto 7/2000, de 18 de febrero, por el que se crea el Registro de Títulos Académicos y Profesionales de La Rioja.
Más información
Otros Impresos
- PAGO TASA 3.18 - Títulos y Certificados (80.5 kb)
Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tieneOtros enlaces:
https://www.larioja.org/edu-orden-academica/es/expedicion-titulos-universitarios
Actuaciones Administrativas Automatizadas
Obtención de Certificaciones automatizadas disponibles.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: